Funcionaria gana amparo contra la CCSS tras ser excluida de lista de ascensos por embarazo

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Una auxiliar de enfermería del Área de Salud Belén – Flores – Heredia ha sentado un importante precedente al ganar un recurso de amparo contra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), tras demostrar que fue excluida injustamente de la lista de elegibles para ascensos luego de quedar embarazada.

La resolución No. 07732-2025 de la Sala Constitucional ordena que la funcionaria sea reincorporada al registro de elegibles activos, y condena a la CCSS al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados.

Discriminación por maternidad

Según se detalla en la resolución, la trabajadora –quien labora en la institución desde el año 2010– ocupaba uno de los primeros lugares en la lista de elegibles para ascender al puesto de enfermera profesional. No obstante, durante su embarazo de alto riesgo y posterior licencia de maternidad, fue trasladada al registro de elegibles pasivos, bajo el argumento de no haber tenido ascensos en más de seis meses.

Al regresar a sus funciones en abril del 2024, tras su permiso sin goce de salario, se encontró con la sorpresa de haber sido excluida de la lista activa, lo cual, según alegó ante la Sala, constituyó un acto de discriminación relacionado directamente con su estado de maternidad.

La trabajadora denunció que la medida vulneró sus derechos, al castigarla por una situación protegida por ley y ajena a su voluntad, como lo es la incapacidad por maternidad.

La Sala le da la razón

El fallo de la Sala IV fue contundente: “Se declara con lugar al demostrarse que se incumplió con la normativa interna de la institución, por lo que se ordena que la tutelada sea nuevamente incluida en el registro de elegibles activos”.

Además, el alto tribunal advirtió que el uso del tiempo de incapacidad por maternidad como criterio para excluirla de dicha lista representa una potencial lesión a los derechos de las mujeres en estado de embarazo y lactancia, lo cual va en contra del marco normativo vigente.

Antes de acudir a la vía constitucional, la funcionaria agotó todos los recursos administrativos dentro de la CCSS, los cuales fueron sistemáticamente rechazados.

Un precedente clave en materia de derechos laborales

El fallo no solo restituye los derechos laborales de la trabajadora, sino que también representa un llamado de atención a las instituciones públicas sobre la importancia de respetar y proteger los derechos de las mujeres embarazadas.

Este caso se suma a otras sentencias recientes en donde se destaca la necesidad de erradicar prácticas institucionales que, aunque sutiles, terminan perpetuando formas de discriminación de género en el entorno laboral.

Con este precedente, se refuerza la protección jurídica de las mujeres trabajadoras, especialmente en etapas de embarazo y maternidad, y se remarca que las licencias por razones médicas no deben ser utilizadas como criterio para frenar el desarrollo profesional de ninguna persona.

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