El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) explicó las acciones de capacitación, prevención y atención relacionadas con la violencia política contra las mujeres, los mecanismos de acceso a la justicia electoral, las medidas de paridad y el abordaje de la participación de mujeres con discapacidad. La institución también se refirió a las responsabilidades de los partidos políticos y a la continuidad de sus programas de formación de cara a los próximos procesos electorales.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) desarrolla acciones educativas, procesos de capacitación y mecanismos de atención vinculados con la participación política de las mujeres y la prevención de la violencia por razones de género. Sin embargo, la institución aclaró que las responsabilidades de prevención, atención, sanción y erradicación de estas conductas se distribuyen entre los partidos políticos, las instituciones públicas y las instancias competentes, según corresponda a cada situación.
Para Andrei Cambronero Torres, jefe de despacho de la Presidencia del TSE «en relación con los instrumentos específicos para prevenir, identificar, atender y dar seguimiento a situaciones de violencia política contra las mujeres, el TSE hizo referencia a las obligaciones establecidas en la legislación costarricense y a las responsabilidades de las agrupaciones políticas».
Responsabilidad de los partidos políticos

Al consultar si el TSE dispone de protocolos, guías, reglamentos u otros instrumentos propios para prevenir, identificar, atender y dar seguimiento a situaciones de violencia política contra las mujeres en razón de género, la respuesta institucional fue:
“De acuerdo con el artículo 6 de la ley n.° 10.235, a quienes atañe tal responsabilidad es a cada uno de los partidos políticos.”
Esta respuesta sitúa en las organizaciones partidarias una responsabilidad central en la materia, conforme a la disposición legal mencionada por el organismo electoral.
La distribución de competencias resulta relevante para las mujeres que participan en agrupaciones políticas, ejercen liderazgos o aspiran a ocupar cargos de elección popular, pues permite distinguir entre las responsabilidades de los partidos y las funciones que corresponden al órgano electoral.
Formación y divulgación de derechos políticos
Entre las acciones que desarrolla actualmente el TSE para prevenir la violencia política contra las mujeres, tanto durante los procesos electorales como durante el ejercicio de cargos de elección popular, destaca el trabajo del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED).
Sobre este tema, la institución indicó:
“Desde el Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), el TSE desarrolla acciones en el ámbito educativo, pedagógico y de divulgación y mediación de la normativa electoral, con el propósito de brindar herramientas a las mujeres que participan en política para conocer y ejercer sus derechos político-electorales, identificar situaciones de violencia o discriminación y fortalecer sus capacidades para una participación informada e igualitaria.
Como parte de esta labor, el IFED ha elaborado , puesto a disposición diversos materiales de formación y divulgación relacionados con la participación política de las mujeres. Entre ellos se encuentran:
- Mujeres y derechos políticos electorales: Costa Rica 1988-2018, de Eugenia María Zamora Chavarría;
- El principio de paridad y el mecanismo de alternancia en el sistema electoral costarricense, de Andrei Cambronero Torres;
- La comunicación como herramienta de liderazgo para la transformación política, de Yanet Martínez Toledo, Carolina Carazo Barrantes y Larissa Tristán Jiménez;
- Género y participación política de las mujeres, de Leda Marenco;
- Igualdad, no discriminación y paridad en la representación, de Isabel Torres;
- Rutas de la participación política local de las mujeres: historias contadas desde la pluralidad de sus voces. Brechas, desafíos y buenas prácticas, elaborado por el PNUD, el INAMU y el TSE.

Estos recursos permiten abordar, desde distintas perspectivas, aspectos como la evolución de los derechos políticos de las mujeres, la paridad , la alternancia, los estereotipos , las desigualdades de género, el liderazgo político, la comunicación , la violencia en espacios digitales, así como las experiencias y barreras que enfrentan las mujeres en la política local,
En conjunto, estos recursos forman parte del aporte educativo del IFED para fortalecer las capacidades de las mujeres, promover una cultura democrática basada en la igualdad , facilitar el conocimiento de sus derechos político-electorales. Desde esta perspectiva, la prevención de la violencia política implica también brindar herramientas para reconocer sus distintas manifestaciones, identificar situaciones que puedan afectar el ejercicio de los derechos políticos y conocer los mecanismos institucionales disponibles.
Los materiales se encuentran disponibles en: Publicaciones del Tribunal Supremo de Elecciones.”
La colección de publicaciones citada por el TSE puede consultarse en el siguiente enlace oficial: https://www.tse.go.cr/seccion_publicaciones.html.
Dónde deben presentarse las denuncias
Uno de los aspectos centrales de las respuestas se relaciona con las instancias competentes para recibir y tramitar denuncias por violencia política contra las mujeres.
Al consultar cuáles mecanismos institucionales existen para orientar, atender o acompañar a las mujeres que manifiesten enfrentar estas situaciones, así como las dependencias responsables de recibir consultas o denuncias, el TSE señaló:
“En virtud de lo establecido en la ‘Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política’, las denuncias no se tramitan ni interponen ante la Autoridad Electoral; las conductas deben ser investigadas y juzgadas en la respectiva institución pública o partido político, según corresponda. Además, el INAMU tiene la responsabilidad de divulgación y acciones preventivas en esta materia.”
La aclaración establece una diferencia entre las competencias del TSE y las de las organizaciones partidarias o instituciones públicas en las que se presenten las conductas denunciadas.
Para las mujeres que necesiten buscar atención, conocer la instancia competente constituye un paso importante, especialmente cuando los hechos se producen dentro de una estructura partidaria o en el ámbito de una institución pública.
El TSE confirmó que desarrolla procesos de capacitación dirigidos a partidos políticos y actividades complementarias destinadas a mujeres militantes y lideresas partidarias.
Al consultar si existen programas de capacitación o sensibilización para prevenir la violencia política y promover la igualdad en la participación electoral, la institución respondió:
“Sí. Desde el Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), el TSE desarrolla procesos de capacitación electoral dirigidos a partidos políticos y, de manera complementaria, acciones específicas dirigidas a mujeres militantes y lideresas partidarias. Estos procesos buscan fortalecer el conocimiento de los derechos político-electorales, promover la participación política de las mujeres e incorporar contenidos relacionados con la igualdad de género y la prevención de la violencia política.
Una de las principales líneas de trabajo es el programa Mujeres en Ruta, que aborda temas relacionados con la participación política de las mujeres, la democracia interna partidaria, el mandato de género, el financiamiento electoral, los mecanismos de acceso a la justicia electoral y la prevención de la violencia contra las mujeres en política.
En este marco, desde 2022 se han desarrollado actividades específicas sobre la Ley n.º 10.235, para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política, así como sobre mandato de género, participación de las mujeres en los partidos políticos, justicia electoral y equidad de género.
En 2024, Mujeres en Ruta hacia la Justicia Electoral incorporó talleres sobre democracia interna partidaria, mecanismos de acceso a la justicia electoral y violencia contra las mujeres en política. En 2025, el proceso continuó de cara a las elecciones nacionales de 2026, con actividades sobre participación política y financiamiento electoral, acceso a la justicia electoral y prevención de la violencia contra las mujeres en política durante las campañas electorales.
Durante 2026, además, se han desarrollado actividades dirigidas a lideresas locales, con miras a las elecciones municipales de 2028, con el propósito de fortalecer sus conocimientos y capacidades para una participación política informada.
En conjunto, estas acciones buscan que las mujeres cuenten con herramientas para conocer y ejercer sus derechos político-electorales, identificar situaciones de violencia o discriminación y conocer los mecanismos institucionales disponibles para su atención, contribuyendo así a una participación política en condiciones de igualdad y libre de violencia.”
El programa abarca, por tanto, contenidos relacionados con el funcionamiento de los partidos, las reglas electorales, el financiamiento, la justicia electoral y la prevención de la violencia. La institución también señaló que las actividades formativas se han mantenido en el período previo a las elecciones nacionales de 2026 y que durante este año se han desarrollado acciones dirigidas a lideresas locales con miras a los comicios municipales de 2028.
Participación de mujeres con discapacidad

La inclusión de mujeres con discapacidad fue otro de los asuntos planteados al organismo electoral. La consulta incluyó medidas de accesibilidad, ajustes razonables, apoyos para la participación, eliminación de barreras y disponibilidad de información estadística sobre personas con discapacidad por distrito y cantón.
Sobre este particular, el TSE manifestó:
“El TSE atiende reclamos sobre eventuales violaciones a derechos fundamentales político-electorales por intermedio del recurso de amparo electoral. Sobre materia específica de discapacidad, la rectoría del tema corresponde al Consejo Nacional de Personas con Discapacidad. Esa entidad es la que lleva el registro de personas con alguna discapacidad (emite el certificado correspondiente).”
La respuesta identifica el recurso de amparo electoral como una vía para atender eventuales vulneraciones de derechos fundamentales político-electorales y señala al Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) como la entidad rectora en materia de discapacidad.
En la información suministrada no se detallaron medidas específicas de accesibilidad o ajustes razonables destinadas exclusivamente a las mujeres con discapacidad durante las actividades partidarias o los procesos de representación política. Tampoco se aportaron cifras desglosadas por distrito y cantón en respuesta a la consulta sobre la disponibilidad de estadísticas de esta población.
La distinción es importante porque la participación política en condiciones de igualdad puede requerir medidas que permitan a las personas con discapacidad acceder a la información, asistir a las actividades y ejercer sus derechos sin barreras. La respuesta recibida identifica las competencias institucionales señaladas, pero no enumera acciones particulares en cada uno de esos ámbitos.
Inclusión de mujeres indígenas, afrodescendientes y jóvenes
La consulta también abordó la existencia de programas, protocolos o acciones para promover la participación de mujeres indígenas, afrodescendientes, jóvenes, mujeres con discapacidad y otras poblaciones que pueden enfrentar barreras adicionales para acceder a espacios de participación y representación política.
En este apartado, el TSE explicó:
“Desde el IFED, las capacitaciones dirigidas a mujeres militantes de partidos políticos son de participación voluntaria y la convocatoria de las participantes corresponde a cada organización partidaria. No obstante, en las convocatorias el IFED recomienda a los partidos procurar una participación diversa e inclusiva, considerando criterios como la representación geográfica, la edad, la pertenencia étnica y la condición de discapacidad, entre otros.
De esta manera, aunque la selección y convocatoria de las participantes corresponde a los partidos políticos, el IFED incorpora un enfoque de inclusión en sus procesos de formación, procurando que estos espacios consideren la diversidad de las mujeres y las distintas barreras que pueden enfrentar para participar en la vida política. Con ello se busca contribuir a una participación política más inclusiva, representativa y libre de discriminación.”
La institución indicó que la convocatoria y selección de las participantes corresponde a cada partido político, mientras que el IFED recomienda tomar en cuenta criterios de diversidad e inclusión.
De acuerdo con esta explicación, el enfoque inclusivo se incorpora en los procesos de formación, aunque la integración concreta de las participantes depende de las organizaciones partidarias.
Alcance del amparo electoral
En cuanto al procedimiento que debe seguir una mujer que considere ser víctima de violencia política por razones de género, el TSE reiteró que la competencia para tramitar los procedimientos administrativos depende del ámbito en el que se produzcan los hechos.
La respuesta institucional fue:
“Como se indicó, la ley establece que el procedimiento administrativo lo es ante el partido político o ante la respectiva institución pública en la que labore la presunta persona ofensora.
El TSE solo interviene ante recursos de amparo electoral en aquellos casos en los que la presunta víctima ya cuente con un cargo de elección popular y la acción denunciada comprometa el ejercicio efectivo del puesto. En tesis de principio, esas acciones son las previstas en los incisos a), b), c), e), g), i) y n) del artículo 5 de la citada ley (sobre este punto, se recomienda consultar la sentencia n.° 0437-E1-2023, disponible en: https://tse.go.cr/juris/relevantes/0437-E1-2023.html?zoom_highlight=%220437%2DE1%2D2023%22).”
El pronunciamiento delimita la intervención del organismo electoral mediante el recurso de amparo electoral a los supuestos descritos en la respuesta. Según la institución, debe tratarse de una persona que ya ejerce un cargo de elección popular y de hechos que comprometan el ejercicio efectivo de ese puesto.
El TSE recomendó consultar la sentencia n.° 0437-E1-2023 para ampliar la información sobre el alcance de esta vía de protección.
Por su parte, los procedimientos administrativos por las conductas contempladas en la legislación deben dirigirse al partido político o a la institución pública correspondiente, según las circunstancias.
Estadísticas y registros de sanciones
Otro de los temas consultados fue la disponibilidad de estadísticas, informes o estudios sobre denuncias y casos de violencia política contra las mujeres, así como los períodos que abarcan y los enlaces para acceder a los datos.
Sobre este punto, el TSE contestó:
“Al TSE le corresponde llevar el registro de personas sancionadas por violencia política; ese listado lo lleva el Archivo del TSE, al cual se puede consultar sobre datos concretos.
Sobre estadísticas, se recomienda visitar el sitio web del Observatorio de Violencia Política contra las Mujeres de la Universidad de Costa Rica. Además, se encuentra disponible una investigación del Programa Estado de la Nación denominada: Trayectoria e implementación de la ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política (Ley n° 10235), la cual se puede acceder por internet.”
La institución señaló al Archivo del TSE como la dependencia a la que se puede consultar sobre datos concretos del registro de personas sancionadas. Además, recomendó recurrir al Observatorio de Violencia Política contra las Mujeres de la Universidad de Costa Rica y a la investigación del Programa Estado de la Nación titulada Trayectoria e implementación de la ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política.
La respuesta no incluyó cifras específicas sobre la cantidad de personas sancionadas ni un desglose de casos por período, territorio o tipo de conducta. En cambio, identificó fuentes institucionales y académicas que pueden servir para profundizar en el análisis del fenómeno.
Paridad en estructuras y candidaturas
En materia de seguimiento a las disposiciones sobre participación política de las mujeres y paridad electoral, el TSE explicó que existen mecanismos vinculados con la inscripción de estructuras partidarias y fórmulas de candidaturas, así como con el financiamiento estatal.
La respuesta fue la siguiente:
“El Registro Electoral verifica que los partidos políticos cumplan con las exigencias de la ley 10.235; caso contrario, se retiene parte de la contribución del Estado a las agrupaciones políticas.
Además, no se inscriben estructuras partidarias que no sean paritarias e, igualmente, no se inscriben fórmulas de personas candidatas que no cumplan con la paridad, a tenor de lo que establece el artículo 148 del Código Electoral.”
Según lo explicado por la institución, el Registro Electoral verifica el cumplimiento de las exigencias legales y existen consecuencias relacionadas con la contribución estatal cuando los partidos incumplen las disposiciones mencionadas.
Asimismo, el organismo electoral indicó que la inscripción de estructuras partidarias y fórmulas de candidaturas está condicionada al cumplimiento de la paridad, conforme al artículo 148 del Código Electoral.
Estas medidas forman parte de los mecanismos de control señalados por el TSE para procurar que las agrupaciones políticas respeten las reglas electorales relacionadas con la representación.
Capacitación prevista para 2026 y 2027
De cara a los próximos procesos electorales, el organismo ele
ctoral confirmó que continuará desarrollando actividades de formación dirigidas a mujeres militantes y lideresas partidarias.
Al consultar si tiene previsto implementar nuevos protocolos, campañas, programas de capacitación, mecanismos de prevención o acciones institucionales para fortalecer la participación política de las mujeres y prevenir la violencia por razones de género, el TSE indicó:
“Sí. De cara a los próximos procesos electorales, el IFED dará continuidad al Programa Mujeres en Ruta, con acciones de capacitación dirigidas a mujeres militantes y lideresas de partidos políticos durante 2026 y 2027.
Además de los contenidos electorales propios de cada proceso, el programa abordará temas de especial relevancia para el ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, entre ellos paridad, alternancia, reelección, prevención de la violencia política contra las mujeres y mecanismos de acceso a la justicia electoral.
La continuidad de este programa busca fortalecer las capacidades de las mujeres que participan en la vida política y brindarles herramientas para conocer y ejercer sus derechos, identificar situaciones que puedan afectar su participación y utilizar los mecanismos institucionales disponibles. De esta manera, la capacitación contribuye a una participación política informada, igualitaria y libre de violencia, tanto durante los procesos electorales como en el ejercicio de los cargos de elección popular.”
La respuesta confirma la continuidad de Mujeres en Ruta durante 2026 y 2027, con contenidos relacionados con las reglas electorales y la prevención de la violencia política.
La institución destacó la importancia de fortalecer las capacidades de las mujeres para conocer sus derechos, identificar posibles afectaciones a su participación y utilizar los mecanismos institucionales disponibles. No obstante, la contestación se centró en la continuidad del programa de capacitación y no anunció un protocolo nuevo con nombre, fecha de aprobación o cronograma específico de implementación.
Evaluación de las actividades formativas
La consulta también solicitó conocer si el TSE ha evaluado los instrumentos existentes y si, a partir de esas evaluaciones, ha identificado aspectos que requieran actualización o fortalecimiento.
Sobre este asunto, la institución respondió:
“Sí. Como parte de los procesos de capacitación del IFED, se aplica un cuestionario de evaluación que permite conocer la satisfacción y percepción de las personas participantes sobre la calidad de las actividades.
El instrumento contempla aspectos pedagógicos, de desempeño de las personas facilitadoras, logísticos y de utilidad y aplicabilidad de los aprendizajes. La información obtenida constituye un mecanismo de retroalimentación y mejora continua, pues permite identificar fortalezas, oportunidades de mejora y aspectos que requieren ajustes en futuras actividades. También permite valorar si los contenidos y metodologías responden a las necesidades de las personas participantes e identificar temas que requieren mayor profundización o ampliación.
Los resultados sirven como insumo para la planificación, diseño y ajuste de futuras acciones formativas, así como para el seguimiento de la calidad de los servicios de capacitación. De esta manera, las actividades pueden actualizarse progresivamente de acuerdo con las necesidades identificadas, incluidas aquellas relacionadas con la participación política de las mujeres y la prevención de la violencia política en razón de género.”
La respuesta señala que el IFED utiliza cuestionarios para valorar la calidad de sus capacitaciones y obtener retroalimentación de quienes participan. Estos instrumentos contemplan aspectos pedagógicos, logísticos y de utilidad de los aprendizajes, además del desempeño de las personas facilitadoras.
La información recopilada sirve para identificar oportunidades de mejora y orientar el diseño de futuras actividades. Sin embargo, la respuesta se refiere específicamente a la evaluación de los procesos formativos y no detalla los resultados concretos de una evaluación de protocolos institucionales para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres.
Un desafío para la participación política
Las respuestas del TSE permiten identificar varias líneas de trabajo: formación de mujeres militantes y lideresas, divulgación de derechos político-electorales, promoción de la paridad, recomendaciones de inclusión y delimitación de los mecanismos de atención y protección.
También ponen de manifiesto la distribución de responsabilidades entre los partidos políticos, las instituciones públicas, el TSE y otras entidades, según las competencias que les corresponden.
En el caso de las mujeres con discapacidad, la respuesta recibida remite a la rectoría del CONAPDIS en esa materia y al recurso de amparo electoral para eventuales vulneraciones de derechos fundamentales político-electorales. No obstante, quedan sin especificar en la contestación las medidas concretas de accesibilidad y ajustes razonables que se aplican a las actividades partidarias, así como la disponibilidad de datos territoriales desglosados sobre esta población.
De cara a los procesos electorales y al ejercicio de los cargos de elección popular, el TSE confirmó que mantendrá el programa Mujeres en Ruta durante 2026 y 2027. La institución plantea la capacitación como una herramienta para fortalecer el conocimiento de los derechos y promover una participación política informada, igualitaria y libre de violencia.
La aplicación de la legislación, la actuación de las instancias competentes y el cumplimiento de las reglas de paridad constituyen, de acuerdo con las respuestas institucionales, componentes fundamentales para abordar la violencia política y fortalecer la participación de las mujeres en la democracia costarricense.









