Migración y refugio en Costa Rica: lo que debes saber sobre pasaportes extraviados y la protección internacional
La migración hacia y desde Costa Rica, así como la atención a personas solicitantes de refugio, están reguladas por un marco legal específico que cobró especial relevancia en los últimos años. Dos instrumentos clave para entender estos temas son el Reglamento de Control Migratorio y el Reglamento de Personas Refugiadas, recientemente reformado por el Decreto Ejecutivo N. 44501‑MGP.
Pérdida de pasaporte y el artículo 300 del Reglamento de Control Migratorio
El Reglamento de Control Migratorio, que organiza las disposiciones de ingreso, permanencia y egreso de personas a Costa Rica, contiene en su Artículo 300 las causales por las cuales se debe solicitar un nuevo pasaporte. Entre estas se incluye el caso de que el documento haya sido extraviado, robado o hurtado. Esto significa que, legalmente, las personas costarricenses que pierdan su pasaporte en el exterior o dentro del país están obligadas a iniciar un trámite de renovación o reposición.
Este procedimiento suele implicar la presentación de una denuncia por pérdida o robo ante las autoridades y la gestión de un nuevo documento ante el órgano correspondiente —habitualmente en consulados si la persona se encuentra fuera del territorio nacional. El Reglamento no sólo establece esta obligación, sino que también forma parte del control migratorio para garantizar que las personas puedan demostrar su identidad al egresar o ingresar al país.
Decreto 44501‑MGP y la función de la Unidad de Refugio
En materia de refugio, el Gobierno costarricense reformó el Reglamento de Personas Refugiadas mediante el Decreto Ejecutivo N. 44501‑MGP. Esta normativa, publicada en junio de 2024, modifica varias secciones del reglamento original —incluyendo los artículos 14, 54, 59, 121, 122 y 140— con el objetivo de adecuar el marco legal a los compromisos internacionales en derechos humanos y mejorar el procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado.
Uno de los aspectos centrales de este reglamento es la creación y regulación de la Unidad de Refugio, adscrita a la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME). Esta unidad es la encargada de recibir y procesar las solicitudes de refugio en Costa Rica, garantizando que se cumplan los requisitos y procedimientos establecidos por la ley, así como los compromisos internacionales del país.
¿Qué implica reformar el reglamento de refugio?
Las reformas introducidas por el decreto buscan restituir y fortalecer derechos de las personas solicitantes de refugio. Entre los cambios destacados está la eliminación de un plazo de un mes para solicitar refugio, que anteriormente impedía el acceso a este derecho, y la afirmación de que las personas solicitantes tienen derecho a no ser retornadas a su país de origen mientras su caso esté en proceso. Además, se reconoce el principio de que la persona solicitante goza de protección contra la devolución y de las mismas garantías que una persona ya reconocida como refugiada hasta que se resuelva su solicitud.
Otro aspecto importante es la facultad de la Unidad de Refugio para analizar las solicitudes y emitir decisiones de elegibilidad, así como la posibilidad de solicitar documentos de viaje o permisos especiales para personas refugiadas que necesiten salir de Costa Rica, siempre dentro de los parámetros que respeten su condición de protección internacional.
El reto de equilibrar control y derechos
El sistema migratorio costarricense enfrenta desafíos constantes entre mantener el control fronterizo y garantizar derechos humanos. El Reglamento de Control Migratorio procura mantener la seguridad del país —incluyendo procedimientos para documentos como el pasaporte—, mientras que la reforma al Reglamento de Personas Refugiadas busca asegurar que las personas que huyen de sus países por motivos de persecución o violencia reciban el trato digno que establecen los estándares internacionales.
Conclusión
Tanto el artículo 300 del Reglamento de Control Migratorio como el Decreto Ejecutivo 44501‑MGP del Reglamento de Personas Refugiadas son piezas clave para comprender cómo Costa Rica regula aspectos vitales del derecho migratorio y de refugio. Desde la atención de emergencias vinculadas a la pérdida de un pasaporte hasta la garantía de procesos justos para quienes solicitan protección internacional, estas normas configuran el marco legal que impacta diariamente la vida de migrantes, refugiados y nacionales por igual.








