La Corte en México cierra la escapatoria
La SCJN ( Suprema Corte de Justicia de la Nación) de México resolvió que el padre biológico debe pagar pensión alimenticia y retroactivos, aunque otro familiar haya reconocido al menor. Impacto regional.
📍 México | 8 de enero de 2026
Noticia internacional para Costa Rica

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México emitió un fallo histórico al establecer que el padre biológico está obligado a pagar pensión alimenticia, incluidos los pagos retroactivos desde el nacimiento, aun cuando un abuelo u otro familiar haya reconocido legalmente al menor. La decisión fortalece el interés superior de la niñez y marca un precedente con impacto regional.
⚖️ Un criterio obligatorio con alcance internacional
La resolución fue adoptada por unanimidad por el Pleno de la SCJN, al revocar un amparo concedido previamente a un padre que dejó de pagar la pensión durante años, alegando que el abuelo materno había reconocido a la menor como su hija mediante una figura de reconocimiento solidario.
La Corte fue clara:
👉 El reconocimiento por terceros no sustituye ni extingue la obligación del padre biológico.
Este criterio es obligatorio para todos los tribunales mexicanos, y su razonamiento resulta de alto interés para países como Costa Rica, donde también se discuten responsabilidades parentales, pensiones alimenticias y derechos de la infancia.
🧒 La pensión alimenticia como derecho humano
El proyecto, elaborado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, subrayó que la pensión alimenticia:
Es un derecho humano fundamental
Es irrenunciable, imprescriptible e insustituible
Surge del vínculo biológico, no del reconocimiento registral
No se extingue por el apoyo económico de terceros
Reducirla de forma unilateral o evadir su pago —advirtió la Corte— vulnera directamente los derechos de niñas, niños y adolescentes y puede generar responsabilidades civiles y penales.
👨⚖️ Debate en la Corte: biología, realidad social y pluriparentalidad
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz respaldó el fallo, pero llamó a profundizar el análisis incorporando la realidad social y familiar, incluyendo la pluriparentalidad.
Señaló que durante varios años la menor no contó con la presencia efectiva del padre biológico, mientras el abuelo asumió responsabilidades legales y económicas. Sin embargo, aclaró que la pensión no es una sanción, sino un derecho orientado al bienestar del menor, por lo que la obligación puede ser compartida, pero nunca anulada.
🗣️ Posturas firmes contra la evasión parental
Otras ministras fueron contundentes:
María Estela Ríos González rechazó relativizar la ausencia del padre: “No es que la menor no tuviera padre; lo tuvo, pero no cumplió”.
Lenia Batres Guadarrama colocó el fallo en un contexto social más amplio: Existe un trasfondo de machismo estructural que ha normalizado el abandono paterno”.
Estas posiciones refuerzan una línea jurisprudencial que desmonta narrativas históricas de impunidad familiar.
⚠️ Incumplimiento parcial también es delito
En una resolución relacionada, la Corte aclaró que pagar sólo una parte de la pensión también puede constituir delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias, corrigiendo interpretaciones judiciales restrictivas.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa enfatizó que el Estado tiene el deber de garantizar que ningún menor quede en desamparo alimentario por tecnicismos legales.
🌎 Por qué este fallo importa a Costa Rica
Aunque se trata de una decisión mexicana, el criterio tiene valor doctrinario y comparado para Costa Rica y otros países de América Latina:
Refuerza el interés superior del menor como principio rector
Limita estrategias legales para evadir pensiones
Reconoce redes familiares de apoyo sin trasladar la carga al Estado ni a terceros
Fortalece la idea de la paternidad como responsabilidad jurídica y social
🗂️ NOTA APARTE | Contexto, datos y preguntas frecuentes
📊 Datos y contexto regional
En América Latina, el incumplimiento de pensiones alimenticias es una de las principales causas de litigio familiar.
Organismos de derechos de la niñez han advertido que el abandono económico paterno tiene efectos directos en educación, nutrición y acceso a salud.
Las reformas legales recientes en la región apuntan a endurecer sanciones y ampliar mecanismos de cobro.
📘 Definición clave
Pensión alimenticia:
Obligación legal destinada a cubrir alimentación, vivienda, educación, salud y desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes. No es voluntaria ni negociable fuera del marco judicial.
❓ Preguntas y respuestas
¿En el México el reconocimiento de un abuelo elimina la obligación del padre?
No. La SCJN determinó que el padre biológico siempre mantiene la obligación.
¿ En dicho país se pueden cobrar pagos atrasados?
Sí. Los alimentos retroactivos pueden reclamarse incluso desde el nacimiento.
¿Qué pasa si el padre paga menos de lo ordenado en este territorio?
El incumplimiento parcial también puede tener consecuencias legales y penales.
¿Este criterio podría influir en Costa Rica?
Sí. Aunque no es vinculante, es una referencia jurisprudencial relevante para jueces, legisladores y defensores de derechos humanos.
✍️ Firma
Alberto Cabezas Villalobos
Periodista, cubriendo diversos temas como educación, cultura, derechos humanos y laborales.
Licenciado en Administración de Empresas y Máster en Educación.
Secretario de la Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras.
Secretario de Relaciones Internacionales de la Confederación Unitaria de Trabajadores.
Miembro del Foro Nacional Consultivo de Personas con Discapacidad.







