Una pareja casada en Costa Rica solicita al Tribunal Supremo de Elecciones que modifique su estado civil para figurar como unión de hecho, evitando la etiqueta “divorciados”.
Solicitud inusual ante el TSE
Una pareja costarricense casada solicita al Tribunal que se les permita cambiar su estado civil inscrito en la cédula para figurar como unión de hecho, sin tramitar divorcio formal. Alegan que su convivencia es vigente, sólida y que la categoría “divorciados” no refleja su realidad afectiva ni familiar.
La petición plantea preguntas sobre cómo se registran los estados civiles en documentos oficiales y qué alternativas existen para quienes desean convivir como pareja sin divorcio.
¿Qué es la unión de hecho?

Definición clave
En Costa Rica, la figura de unión de hecho (también llamada unión libre) está regulada en el Código de Familia — por ejemplo, el artículo 242 exige que la unión sea pública, notoria, única y estable durante al menos tres años. delfino.cr+2CIJUL en Línea+2
Una vez reconocida, esta figura otorga derechos patrimoniales, hereditarios y de pensión similares a los del matrimonio. Legal Center Abogados+1
No obstante, el proceso requiere demanda judicial y pruebas de convivencia. CIJUL en Línea+1
Diferencias respecto al matrimonio
El matrimonio se formaliza mediante acto civil; la unión de hecho requiere reconocimiento judicial. Legal Center Abogados+1
En unión de hecho los efectos patrimoniales se retrotraen a la fecha en que empezó la convivencia, una vez reconocida. CIJUL en Línea
En documentos oficiales, el “estado civil” estándar incluye casado, soltero, viudo o divorciado — no siempre se contempla explícitamente la categoría “unión de hecho”. tse.go.cr+1
Datos y contexto
Estadísticas relevantes
Según una publicación reciente, alrededor del 9 % de la población costarricense vivía en unión libre en 2023. Teletica
Un estudio histórico del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) indica que desde 1995 se reconoce la cohabitación en Costa Rica como factor relevante en patrones familiares. ccp.ucr.ac.cr+1
Marco legal
El artículo 242 del Código de Familia establece que la unión de hecho debe cumplirse con requisitos de notoriedad, estabilidad y duración mínima. delfino.cr+1
La jurisprudencia costarricense reconoce que esta figura permite derechos iguales al matrimonio en efectos patrimoniales. accesoalajusticia.poder-judicial.go.cr+1
Noticias recientes
Un análisis legal publicado en 2024 destaca que muchas parejas optan por la unión libre, pero que persiste el desconocimiento de sus implicaciones legales. Teletica+1
Otra publicación señala que “los bienes adquiridos durante la unión se pueden dividir en caso de separación, pero los adquiridos antes o por herencia pueden quedar excluidos”. diarioextra.com
Preguntas y Respuestas
P: ¿Pueden cambiar su estado civil inscrito en la cédula de “casado” a “unión de hecho” sin divorcio?
R: No hay claridad generalizada de que exista un trámite administrativo ordinario para ese cambio automático; lo habitual es que la pareja solicite el reconocimiento judicial de la unión de hecho y, en consecuencia, ajuste su situación legal.
P: ¿Qué derechos tienen quienes viven en unión de hecho?
R: Una vez reconocida, pueden tener derechos patrimoniales, hereditarios y de pensión alimentaria similares al matrimonio. Legal Center Abogados
P: ¿Cuántos años de convivencia se requieren para la unión de hecho en Costa Rica?
R: Según el artículo 242 del Código de Familia, normalmente al menos tres años de convivencia pública, notoria y estable. delfino.cr+1
P: ¿Por qué aparece la categoría “divorciado” si la pareja no desea tramitar divorcio?
R: Porque legalmente siguen casados. Si desean cambiar la figura, necesitarían disolver el vínculo matrimonial (divorcio) o, alternativamente, tramitar el reconocimiento de unión de hecho para que sus efectos patrimoniales sean equivalentes.
Reflexión final
El hecho de que una pareja solicite al órgano electoral cambiar su inscripción de “casados” a “unión de hecho” sin divorcio formal pone sobre la mesa la necesidad de revisar cómo la legislación y la administración pública costarricense gestionan las realidades familiares contemporáneas. ¿Reflejan los documentos oficiales lo que las personas efectivamente viven? ¿Existe suficiente claridad legal y administrativa para este tipo de solicitudes? Esta noticia abre un debate sobre la armonía entre convivencia real y las categorías jurídicas disponibles.
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Reportaje elaborado por Alberto Cabezas Villalobos, periodista costarricense, con trayectoria en temas de educación, cultura, derechos humanos y laborales; licenciado en Administración de Empresas, máster en Educación; secretario de la Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras; secretario de Relaciones Internacionales de la Confederación Unitaria de Trabajadores; presidente de la Comisión de Accesibilidad de la CUT; miembro del Foro Nacional Consultivo de Personas con Discapacidad.








