La Fracción del Partido Unidad Social Cristiana, comunica su oposición rotunda al texto presentado bajo el Expediente N°23.450, “CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TERRITORIO, HÁBITAT Y VIVIENDA”.
Tal y como está redactado el texto del proyecto de ley, se anula por completo al actual Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, y propone la creación de un mega Ministerio del Hábitat, que consideramos carente de un diagnóstico objetivo o estudios técnicos que lo respalden, sin una adecuada supervisión y control, sin una regulación conceptual clara y precisa de los programas, proyectos, créditos y la población objetivo por atender, además, el texto contiene múltiples vacíos legales y no responde a una clara política pública para el sector.
La iniciativa planteada por el Gobierno contiene evidentes violaciones a principios de orden constitucional, además, pretende llenar vacíos legales a través de reglamentos dictados por el mega Ministerio, lo que resulta incomprensible e inconveniente para el país.
A continuación, detallamos 6 razones que fundamentan nuestra posición:
1. Desaparece el Bono Familiar de Vivienda: en el texto se deroga esta conquista social que ha permitido que 1 de cada 4 costarricenses, de los estratos más pobres, a lo largo y ancho del país goce actualmente o haya crecido en una de las más de 400 mil viviendas subsidiadas con el bono. Aunado a lo anterior, desaparecen todos los programas sociales; como el de la vivienda para la persona joven, construcción en territorios insulares, bono diferido, bono para personas adultas mayores, y el de vivienda comunitaria para
personas adultas mayores en condición de vulnerabilidad.
2. Concentración del Poder: El proyecto pretende que más de 250 artículos entre leyes y reglamentos vigentes que regulan al sector vivienda actualmente, se sustituyan por un texto de 36 artículos que crea un mega Ministerio, con una concentración exagerada de poder en la figura del jerarca ministerial, sin mecanismos claros de trasparencia, supervisión, seguridad jurídica y rendición de cuentas. El texto del proyecto delega en los reglamentos la regulación de otorgamiento de derechos, requisitos, características,
condiciones, prohibiciones y en general la definición de parámetros para la obtención de beneficios, créditos o subsidios. Siendo estos temas reserva de ley, por lo que transgrede el principio de transparencia, la separación de poderes y los límites a la potestad reglamentaria.
3. Función financiera no compatible: Elimina el Banco Hipotecario de la Vivienda y se le otorga a un Ministerio funciones financieras propias de un banco, cuando por las normas constitucionales y legales, los ministerios carecen de la flexibilidad y agilidad suficiente para dichas funciones, y sin el deber de velar por las responsabilidades que una entidad financiera está obligada a cumplir hoy día de acuerdo con la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional, y los acuerdos de Basilea y de la OCDE de los cuales el país es
suscritor.
4. Cierra las Mutuales: El proyecto deroga por completo la Ley N° 7052, en esta ley se establece desde la naturaleza jurídica hasta el funcionamiento y objetivos de las Mutuales, por tanto, quedan sin un marco jurídico que habilite su funcionamiento, invalidando así el papel fundamental que han y siguen desempeñando en materia de vivienda en Costa Rica, siendo estas las que en los últimos 4 años han formalizado más del 50% de los bonos de vivienda otorgados (28.388).







