MEIC simplifica trámite para eventos públicos

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Niña usuaria de silla de ruedas participa en una carrera
14-08-2021 Una niña con movilidad reducida participa en la primera Carrera Infantil Adaptada en las fiestas de Sant Roc, a 14 de agosto de 2021, en Barcelona, Catalunya (España). El barrio Gòtic de Barcelona ha celebrado este sábado la primera Carrera Infantil Adaptada para niños con movilidad reducida en el marco de las fiestas mayores de Sant Roc, que se producen desde hace 432 años. El evento ha tenido lugar a las 10.00 horas frente a la Catedral de Barcelona, y ha contado con la participación de treinta niños con discapacidad ante la mirada de decenas de espectadores. La carrera está pensada para niños con andador, silla de ruedas, férulas o dificultades de motricidad en general, y tiene por objetivo fomentar la autosuperación de los participantes. SOCIEDAD Lorena Sopêna - Europa Press

“De nuevo hemos cumplido, se ha firmado el decreto del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), de simplificación de trámites de eventos masivos y espectáculos públicos”.

Así lo indicó Francisco Gamboa, ministro de Economía, Industria y Comercio, ante la firma de la reforma al Decreto Ejecutivo 37899-MEIC, que establece un registro por una única vez ante el MEIC para organizadores y tiqueteras, lo cual agiliza los trámites de eventos masivos y a su vez, se brinda transparencia y protege los derechos de los consumidores.

Como parte de las mejores destaca que permite realizar publicidad de la actividad de forma previa a la autorización, siempre y cuando no se vendan entradas o boletos; además se simplifica el trámite de autorización de espectáculos públicos reduciéndose de 11 a 5 el número de requisitos a presentar.

Adicionalmente, se disminuye en un 50% el plazo de resolución de la autorización, pasando de 30 a 15 días hábiles y se amplían las categorías de actividades que no requerirán autorización por parte del MEIC para la venta de entradas, pues pasan a 3 a 11, debido al bajo riesgo que representan y a la inmediatez entra la venta y ocurrencia del evento.

Dentro de las actividades que ya no requerirán autorización, se encuentran:

o   Actividades taurinas, topes, turnos y eventos ecuestres.

o   Exhibiciones recurrentes, como el cine y las obras de teatro.

o   Actividades recreativas deportivas como el atletismo y el ciclismo.

o   Actividades con fines de beneficencia.

o   Actividades con fines educativos o de capacitación para grupos específicos.

“Agradecemos la apertura del Ministerio de Economía, Industria y Comercio que desde hace dos meses estableció una mesa de trabajo con nuestra organización, logrando plasmar en esta reforma, una serie de mejoras en tiempos y requisitos, que marcan el primer gran paso en la transformación integral para la industria del entretenimiento y la cultura.

Esta es una muestra de que los sectores público y privado pueden eliminar cuellos de botellas. Como Cámara seguiremos trabajando con el Gobierno en las mejoras para la industria y los consumidores”, destacó Manrique Mata, presidente de la Cámara de Promotores de Eventos Masivos y Afines (CAPEMA).

Con esta reforma, se fortalece también la protección al consumidor en cuanto al trámite para la devolución del dinero ante la variación de condiciones en la contratación y ante una cancelación del evento.

“Estamos protegiendo a los consumidores y dejando trabajar a los organizadores de eventos para que haya más eventos para la generación de actividad económica y bienestar”, agregó el ministro.

Ante el MEIC, se simplifica el procedimiento que deben seguir los organizadores para solicitar una variación del evento en cuanto a fecha, lugar, valor y cantidad de las entradas.

Asimismo, dentro de las mejores se incorpora la definición de espectáculos públicos incluyendo solamente a aquellos que tienen un ofrecimiento masivo.

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