EXITOSA COMISIÓN, SECRETARIA Y SUB COMISIONES DE GÉNERO DEL PODER JUDICIAL

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Alberto Cabezas /Foto-Medios

 

“La mayoría de las acciones, programas y proyectos de la Comisión, la Secretaría y las Subcomisiones está dirigida a la inclusión de la perspectiva de género en los servicios que presta la institución y al personal que aquí labora. No obstante, sobre todo con el programa ERRVV, por la naturaleza de su trabajo se ha tenido una relación estrecha con instituciones públicas involucradas directamente en la atención de víctimas de delitos sexuales mayores y menores de edad. Tenemos acciones establecidas en el plan de acción de la política de participación ciudadana, liderada por la CONAMAJ, sin duda la participación directa de organizaciones en el trabajo institucional ha ido avanzando, no ha definido la Comisión requisitos para que organizaciones interesadas se involucren “aseguro Xinia Fernández de la Secretaría Técnica de Género Poder Judicial, Costa Rica.

Con Fernández conversó el Periódico Informativo JBS.

Entrevista

¿Cómo nace, cuales es su función, objetivos, logros, actividades abiertas al público y proyectos de la Secretaría Técnica de Género?

La Corte Plena en sesión 12-2001 del 02 de abril del 2001, artículo VII, acordó conformar la Comisión de Género del Poder Judicial, órgano con carácter de COMISIÓN PERMANENTE, adscrita a la Corte Suprema de Justicia e integrada por un Magistrado o Magistrada de cada una de las Salas, así como por representantes de los diferentes ámbitos y gremios institucionales.

Con la función primordial de emitir los lineamientos necesarios para la incorporación de la perspectiva y el análisis de género en el quehacer del Poder Judicial.

Actualmente, la Comisión de Género es Coordinada por la Magistrada Roxana Chacón Artavia de la Sala Segunda, designada por la Corte Plena en sesión N° 06-19 del 18 de febrero del 2019, artículo XXIII.

Posteriormente, en el 2002, la institución suscribe el contrato del II préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), correspondiente al “Programa para la Modernización de la Administración de la Justicia”, que tuvo como objetivo, mejorar la administración de justicia en Costa Rica, para que fuese más accesible, equitativa, previsible y eficiente.

Allí se incluyó una cláusula para crear la SECRETARÍA TÉCNICA DE GÉNERO, como el órgano técnico-asesor y ejecutor de las directrices emanadas de la Comisión de Género y de la Corte Plena; con el encargo a futuro de institucionalizar la política en esta materia.

De manera que, en sesión N° 48-2002 del 04 de julio del 2002, artículo XXXII, el Consejo Superior acordó crear la Secretaría Técnica de Género, como un órgano de carácter permanente en la estructura institucional y adscrita al Consejo Superior.

En el año 2005, la Corte Plena en sesión N° 34-2005 del 07 de noviembre del 2005, artículo XIV, acordó aprobar la POLÍTICA DE EQUIDAD DE GÉNERO DEL PODER JUDICIAL, que en el año 2013, por una recomendación del Comité CEDAW y a solicitud de la Secretaría Técnica de Género, ese mismo órgano modificó el término “equidad” por “igualdad”, esto en sesión N° 38-13 del 09 de septiembre del 2013, artículo XIV.

Xinia Fernández de la Secretaría Técnica de Género Poder Judicial, Costa Rica.

Este valioso instrumento recoge la expresa voluntad y el compromiso institucional de garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como la NO discriminación por género en las decisiones judiciales, en el servicio público de la administración de justicia y en el funcionamiento interno del Poder Judicial.

Como puede evidenciarse, para dar cumplimiento a lo establecido en toda la normativa mencionada, el Poder Judicial cuenta con una estructura sólida, constituida por el binomio: Comisión de Género-Secretaría Técnica de Género y Acceso a la Justicia, ambas instancias se complementan, siendo una la que ejerce la rectoría institucional a nivel jerárquico de definición de política pública y la otra instancia es técnica especializada que asesora a la Comisión y coadyuva a todo el Poder Judicial en la transversalización del enfoque de género, tanto en los servicios que presta, como en su estructura interna.

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