Costa Rica sin golpe estatal

0
8

Las declaraciones de la presidenta Laura Fernández, quien afirmó que en Costa Rica ocurrió un golpe de Estado a raíz de una resolución de la Sala Constitucional relacionada con la elección de magistrados suplentes, abrieron un intenso debate político y jurídico en el país.

La controversia surgió después de que la Sala Constitucional ordenara a la Asamblea Legislativa proceder con la elección de los magistrados suplentes pendientes, proceso que ha permanecido estancado durante varios meses. En respuesta, la mandataria calificó la decisión como un «golpe de Estado», mientras que la presidenta del Congreso, Yara Jiménez, presentó una querella contra cuatro magistrados de la Sala IV por el presunto delito de prevaricato.

Sin embargo, desde la ciencia política, el concepto de golpe de Estado tiene características ampliamente reconocidas que permiten diferenciarlo de un conflicto entre poderes del Estado.

El politólogo Gustavo Araya explica que un golpe de Estado reúne cinco elementos fundamentales. El primero es la toma sorpresiva y abrupta del poder. En este caso, señala que no existe tal condición, pues el desacuerdo sobre la elección de magistrados suplentes se ha desarrollado públicamente durante aproximadamente ocho meses.

El segundo elemento es la ilegalidad. Según Araya, la resolución de la Sala Constitucional se encuentra respaldada por la Constitución y por jurisprudencia existente desde 2013, por lo que corresponde al ejercicio de las competencias del máximo tribunal constitucional.

El tercer aspecto es el uso de la fuerza. Los golpes de Estado suelen involucrar acciones militares, policiales o coercitivas para desplazar a las autoridades. En Costa Rica no se registró ningún episodio de violencia, ocupación de instituciones o restricción del ejercicio de funciones de los poderes públicos.

Como cuarto elemento, un golpe de Estado implica la destitución o sustitución de las autoridades legítimamente constituidas. No obstante, la Presidencia de la República, la Asamblea Legislativa y el Poder Judicial continúan ejerciendo sus funciones con normalidad, sin haber sido removidos de sus cargos.

Finalmente, Araya recuerda que los golpes de Estado suelen romper el orden constitucional mediante la suspensión o sustitución de la Constitución Política. En la situación actual, la Constitución costarricense permanece plenamente vigente y el conflicto se desarrolla dentro de los mecanismos institucionales previstos por el ordenamiento jurídico.

El caso refleja un fuerte enfrentamiento entre poderes del Estado y un elevado nivel de tensión política, pero, desde la perspectiva de la teoría política expuesta por el especialista, los elementos esenciales que configuran un golpe de Estado no están presentes.

El debate continúa trasladándose al ámbito político y judicial, mientras las instituciones del Estado mantienen sus competencias dentro del marco constitucional.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí