Por Alberto Cabezas
En Costa Rica, la apatridia —la condición de no ser reconocido como nacional por ningún Estado— ha dejado de ser un tema invisible para convertirse en un asunto de política pública con procedimientos, estadísticas y compromisos internacionales claros. Una reciente respuesta oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, permite reconstruir con detalle el estado actual del reconocimiento de la condición de persona apátrida en el país, así como los avances y retos pendientes.
Un procedimiento administrativo con enfoque humanitario
El Estado costarricense cuenta desde 2016 con un procedimiento administrativo específico para la determinación de la condición de persona apátrida, regulado por el Reglamento para la Declaratoria de la Condición de Persona Apátrida (Decreto Ejecutivo N.° 39620-RE y sus reformas). Este procedimiento es tramitado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, conforme al artículo 13 inciso 19 de la Ley General de Migración y Extranjería.
El Reglamento parte de una definición clave, alineada con el derecho internacional: persona apátrida es aquella que no es considerada como nacional por ningún Estado conforme a su legislación. A partir de esta premisa, el procedimiento se desarrolla bajo principios rectores como la no devolución, la no sanción por ingreso o permanencia irregular, la igualdad y no discriminación, el debido proceso, la confidencialidad, la gratuidad, el enfoque diferenciado, así como la correcta valoración de la prueba y el apoyo institucional.
Las autoridades subrayan que la declaratoria de apatridia no es un acto discrecional ni político, sino un procedimiento técnico y humanitario, concebido además como una última instancia administrativa. El objetivo primordial del Estado, antes de llegar a esta declaratoria, es garantizar que la persona pueda acceder efectivamente a una nacionalidad, conforme al ordenamiento jurídico interno y a los compromisos internacionales asumidos por Costa Rica.
Etapas, requisitos y plazos del trámite
El procedimiento para el reconocimiento de la condición de persona apátrida se estructura en varias etapas claramente definidas:
- Recepción de la solicitud de reconocimiento de la condición de persona apátrida.
- Entrevista estructurada y análisis biopsicosocial de la persona solicitante.
- Valoración técnica y jurídica del caso concreto.
- Emisión de una resolución administrativa debidamente motivada.
Los requisitos documentales, los plazos pueden variar según la complejidad del caso, la situación personal de la persona solicitante y la disponibilidad de pruebas. No obstante, el Reglamento establece un plazo ordinario de seis meses para resolver la solicitud, contado a partir de su admisión. Este plazo puede prorrogarse por una única vez, hasta por seis meses adicionales, cuando existan razones justificadas como la necesidad de recabar información complementaria o realizar gestiones interinstitucionales.
Enfoque diferenciado y acompañamiento institucional
Uno de los elementos centrales del modelo costarricense es la incorporación de un enfoque diferenciado para personas en situación de alta vulnerabilidad. Esto incluye, entre otros, a personas sin documentos de identidad, personas menores de edad, personas adultas mayores y personas con enfermedades crónicas o incapacitantes.
En estos casos, el Estado promueve la coordinación interinstitucional para asegurar el acceso efectivo a derechos fundamentales, en concordancia con los estándares internacionales de protección. Como parte de este esfuerzo, en diciembre de 2020 se creó la Comisión de Enlace Interinstitucional en materia de Apatridia, mediante el Decreto Ejecutivo N.° 42794-RE.
Esta Comisión está integrada por doce instituciones públicas y funciona como un espacio formal de articulación, con el objetivo de coordinar acciones, compartir información y definir rutas de atención que permitan resguardar de manera integral los derechos de las personas apátridas, especialmente en los casos de mayor vulnerabilidad social.
Cifras oficiales: una radiografía del fenómeno
Aunque el Ministerio de Relaciones Exteriores aclara que la información estadística está sujeta a procesos internos de sistematización y a criterios de confidencialidad, los datos consolidados permiten dimensionar la magnitud del fenómeno:
- Total de solicitudes ingresadas a la fecha: 986 solicitudes.
- Personas declaradas apátridas entre 1995 y 2025: 463.
- Solicitudes ingresadas en los últimos cuatro años: 592.
- Casos resueltos con declaratoria de apatridia en los últimos cuatro años: 219.
Estas cifras reflejan tanto un aumento en la identificación de casos como un esfuerzo sostenido del Estado por resolverlos, aunque también evidencian la persistencia de desafíos estructurales.
Articulación nacional e internacional
La atención de la apatridia en Costa Rica no se limita al ámbito interno. A través de la Comisión de Enlace Interinstitucional, el Estado articula la atención de casos con las instituciones competentes según la materia, y mantiene una coordinación constante con organismos internacionales especializados, en particular con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
El propio Reglamento reconoce el principio de apoyo institucional como un eje transversal, obligando a las instituciones públicas a adoptar medidas dentro de sus competencias para respaldar a la persona solicitante. Este principio busca evitar vacíos de protección durante la tramitación del procedimiento , garantizar una respuesta estatal complementaria y oportuna.
El marco internacional: el compromiso de erradicar la apatridia
La política costarricense en esta materia se inscribe en un contexto internacional más amplio. En 2013, ACNUR lanzó un llamado global para erradicar la apatridia. Un año después, en diciembre de 2014, Costa Rica se sumó a otros países de América Latina y el Caribe en la adopción de la Declaración y el Plan de Acción Mundial para Acabar con la Apatridia (2014–2024).
Este Plan incorporó el Programa Erradicación de la Apatridia, estructurado en diez acciones concretas, entre ellas resolver las situaciones existentes de apatridia, garantizar que ningún niño nazca apátrida, eliminar la discriminación de género en las leyes de nacionalidad, asegurar el registro universal de nacimientos y mejorar la calidad de los datos sobre poblaciones apátridas.
Evaluación “Hacia Cero Apatridia” y resultados para Costa Rica
En 2019, Costa Rica se convirtió en el segundo país de la región en integrarse al Mecanismo de Evaluación y Seguimiento “Hacia Cero Apatridia”, diseñado por ACNUR para medir el compromiso y progreso de los Estados.
La evaluación se basó en nueve indicadores clave, que abarcan desde la adhesión a las convenciones internacionales de 1954 y 1961, hasta la existencia de procedimientos justos, protección efectiva y facilidades para la naturalización. El resultado fue ampliamente positivo: Costa Rica cumplió con 8 de los 9 indicadores evaluados.
En el indicador relativo a la existencia de un procedimiento justo y eficiente, el país cumplió con 37 de los 42 estándares, identificándose áreas de mejora, como la imposibilidad de resolver simultáneamente en una misma resolución la condición de refugiado y de apátrida, debido a la distribución de competencias entre la Dirección General de Migración y Extranjería y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Desafíos pendientes y recomendaciones
La evaluación internacional también dejó recomendaciones claras, especialmente en materia de prevención, como el fortalecimiento de la cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como la realización de jornadas de capacitación para las instituciones involucradas.
A las puertas del cierre del período 2014–2024 del Plan de Acción Mundial, el caso costarricense muestra avances significativos, pero también recuerda que la erradicación de la apatridia requiere esfuerzos sostenidos, voluntad política, coordinación interinstitucional y una mirada centrada en los derechos humanos.
La apatridia, en última instancia, no es solo una categoría jurídica: es una condición que afecta el acceso a derechos básicos y a la dignidad humana. La experiencia de Costa Rica demuestra que enfrentarla es posible, pero exige mantener el tema en la agenda pública y fortalecer los mecanismos existentes para que ninguna persona quede, literalmente, sin país.









