CCSS destaca autonomía y accesibilidad

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La institución señala que el consentimiento informado y la Ley N.° 9379 respaldan la autonomía de las personas con discapacidad.

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) señaló que las medidas de accesibilidad y los apoyos dirigidos a las personas con discapacidad forman parte de su modelo de atención integral y universal, con el propósito de garantizar el acceso efectivo a los servicios de salud, el trato digno, la comprensión y la participación en igualdad de condiciones.

La posición institucional fue comunicada por la Oficina de Prensa de la CCSS, en respuesta a una consulta periodística de Informativo JBS sobre los procedimientos que debe aplicar el personal médico para garantizar que las personas con discapacidad intelectual comprendan la información relacionada con sus diagnósticos, tratamientos, procedimientos y documentos médicos.

Según la respuesta elaborada por la Dirección de Desarrollo de Servicios de Salud, la institución cuenta con el Reglamento del Consentimiento Informado en la Práctica Asistencial de la CCSS, instrumento que constituye una referencia para proteger la autonomía de las personas usuarias y procurar una adecuada transmisión de la información clínica.

La Caja indicó que este marco institucional se encuentra alineado con la Ley N.° 9379, Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad.

Información comprensible para decidirIlustración sobre mujeres con discapacidad y comunicación accesible

La CCSS explicó que la discapacidad intelectual puede presentarse en diferentes grados: leve, moderado, severo o profundo. También indicó que algunas personas con una condición leve o limítrofe pueden pasar desapercibidas en los servicios de salud si no existen circunstancias que permitan identificar sus necesidades particulares.

En este contexto, la comprensión de la información médica adquiere especial importancia para que las personas usuarias puedan participar en las decisiones relacionadas con su salud.

La comunicación accesible permite que los pacientes comprendan, en la medida de sus necesidades, las explicaciones sobre su condición, las alternativas de tratamiento y los procedimientos que se les proponen. Esto resulta relevante para el ejercicio de la autonomía y la participación informada en las decisiones sanitarias.

Atención en igualdad de condiciones

La institución sostuvo que los apoyos para las personas con discapacidad no constituyen un régimen de atención separado, sino medidas destinadas a garantizar que puedan acceder efectivamente a los servicios de salud en igualdad de condiciones.

Este enfoque se relaciona con el derecho a recibir atención digna y de calidad, sin que la discapacidad se convierta en una barrera para comprender la información o participar en las decisiones médicas.

Marco jurídico de referenciaPersonas participan en una reunión alrededor de una mesa

La CCSS citó dos instrumentos como fundamento de su posición: la Ley N.° 9379, aprobada en 2016, y el Reglamento del Consentimiento Informado en la Práctica Asistencial de la institución, publicado en 2012.

Ambos constituyen referencias para abordar la autonomía personal y el consentimiento informado en la atención sanitaria.

El desafío para los servicios de salud consiste en que estos principios se traduzcan en prácticas cotidianas que respondan a las necesidades de cada persona, mediante explicaciones claras, comunicación adecuada y los apoyos que correspondan.

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