San José, Costa Rica | 27 de agosto de 2026. La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) explicó las razones por las cuales pueden existir diferencias en la participación de organizaciones sindicales en reuniones y espacios de diálogo con la institución.
La aclaración fue brindada por la Dirección de Bienestar Laboral de la CCSS, a través del Área de Comunicación y Extensión Cultural, ante una consulta relacionada con el trato que reciben los distintos sindicatos vinculados con la institución.
De acuerdo con la respuesta institucional, la actuación de la CCSS está sujeta al principio de legalidad y a lo establecido en su Normativa de Relaciones Laborales.
La Dirección de Bienestar Laboral señaló que el artículo 72 de dicha normativa establece el régimen aplicable a las audiencias entre la Administración y las agrupaciones sindicales.
En ese sentido, la institución manifestó: “la Institución actúa condicionada al principio de legalidad, por ende, en el caso de reuniones sindicales, se tiene que el numeral 72 de la Normativa de Relaciones Laborales (NRL), establece de manera clara el régimen de audiencia que tiene la Administración con las agrupaciones sindicales, el cual se caracteriza por ser a solicitud de estas y no de oficio”.
La CCSS agregó que las reuniones no son determinadas unilateralmente por la Administración, sino que dependen de la organización que formule la solicitud correspondiente.
Asimismo, la Dirección de Bienestar Laboral explicó: “las reuniones están supeditadas por quien las solicita y por consecuencia, no corresponde a la Administración definir las agrupaciones sindicales que participan, pues ello dependerá de quien haya solicitado la reunión, mesa de diálogo, convocatoria, etc.”
La posición institucional establece, por tanto, que la eventual presencia de uno o varios sindicatos en una reunión no responde necesariamente a una decisión de la Administración de excluir o favorecer determinadas organizaciones, sino a quién haya promovido la convocatoria o solicitado el espacio de diálogo.
La respuesta de la CCSS coloca el principio de legalidad y las disposiciones de la Normativa de Relaciones Laborales como marco para la relación entre la institución y las organizaciones sindicales.
El pronunciamiento también deja establecido que corresponde a la organización que solicita una reunión, mesa de diálogo o convocatoria determinar el alcance de su participación sindical, según explicó la Dirección de Bienestar Laboral.
La aclaración se produce en medio de consultas sobre las diferencias que pueden observarse entre organizaciones sindicales en cuanto a su participación en espacios de diálogo con la institución.
Periódico Informativo JBS continuará dando seguimiento a las posiciones de las organizaciones sindicales y de la CCSS sobre este tema.







