ADASFRO interpone recurso de amparo electoral contra canal televisivo por exclusión y falta de accesibilidad
San José, Costa Rica – 25 de enero de 2026.
Lenin Antonio Pérez Guzman Presidente de la Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras (ADASFRO) presentó un recurso de amparo electoral ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) contra la empresa televisiva Repretel S.A., señalando violaciones a derechos fundamentales de naturaleza político-electoral, específicamente el derecho a la participación política en condiciones de igualdad y el derecho de las personas sordas al acceso a información política.
Según el recurso interpuesto, el pasado 13 de enero de 2026 Repretel organizó y transmitió un debate electoral provincial para candidaturas a diputaciones por la provincia de Cartago, excluyendo de manera unilateral a varias candidaturas debidamente inscritas. La selección de participantes, argumenta ADASFRO, se basó en encuestas de intención de voto de carácter nacional y provincial, sin que los criterios fueran transparentes, previamente comunicados ni sometidos a control externo.
Además, el debate fue transmitido sin interpretación en Lengua de Señas Costarricense (LESCO), lo que, según la Asociación, impidió que la comunidad de personas sordas tuviera acceso pleno a información política esencial para la formación de la voluntad ciudadana. Esta situación constituye, en opinión de ADASFRO, un acto discriminatorio por omisión que vulnera derechos consagrados en la Constitución Política, la Ley de Reconocimiento y Promoción de la Lengua de Señas Costarricense (Ley N.° 9822) y normas electorales.
En respuesta a observaciones formales de la Asociación, la empresa reafirmó su carácter de medio privado, justificó la exclusión de candidaturas con base en criterios editoriales y encuestas, condicionando la accesibilidad a la viabilidad técnica y operativa, sin realizar un análisis de ajustes razonables. Según ADASFRO, esta política editorial restringe el pluralismo político y afecta de manera directa el derecho de participación política de las personas sordas.
El recurso plantea, además, que la libertad editorial de los medios privados no es absoluta y encuentra límites cuando entra en conflicto con derechos fundamentales de rango constitucional, convencional, tales como la igualdad, el acceso a la información y la participación política. El TSE, recuerda la Asociación, ha sostenido que los actores privados pueden ser sujetos pasivos de amparo electoral cuando su actuación impacta directamente en el proceso electoral.
Entre las medidas solicitadas al Tribunal, ADASFRO pide que se declare con lugar el recurso de amparo, se ordene a Repretel garantizar interpretación en LESCO en futuros debates electorales, se establezcan parámetros claros y transparentes para la selección de candidaturas, evitando exclusiones arbitrarias o desproporcionadas.
El recurso subraya la importancia de garantizar la participación política en igualdad de condiciones, el acceso a la información política a todas las personas, incluyendo a quienes pertenecen a minorías lingüísticas, como un elemento esencial de la democracia y el pluralismo político en Costa Rica.







