La Dirección Médica del Área de Salud Paraíso-Cervantes ha manifestado dudas sobre cómo implementará operativamente el modelo de atención de morbilidad aguda que la CCSS planificó para la nueva sede, pese a los estudios técnicos que sustentaron la decisión de no incorporar un Servicio de Urgencias.
La Respuesta del 24 de Agosto
El 24 de agosto de 2026, la Oficina de Prensa de la CCSS remitió una respuesta al Periódico Informativo JBS, que incorporaba el criterio de la Dra. Natalia Medina Montero, directora médica del Área de Salud Paraíso-Cervantes.
La Dra. Medina explicó que, en relación con la implementación del modelo de «consulta de morbilidad aguda», existe un problema fundamental a nivel local: «De acuerdo con las interrogantes trasladadas por el Periódico Informativo JBS, sobre la implementación del modelo de atención de ‘consulta de morbilidad’; localmente desconocemos detalle de cómo poner en marcha dicho modelo.»
Esta afirmación es significativa. Aunque la Dirección de Proyección de Servicios de Salud (DPSS) de la CCSS había justificado técnicamente su decisión de no autorizar un Servicio de Urgencias en la nueva sede, la propia dirección médica del establecimiento señala que a nivel operativo aún existe incertidumbre sobre cómo funcionará en la práctica el componente de morbilidad aguda.
El Antecedente: Una Paciente Trasladada
La consulta original que motivó este intercambio surgió el 10 de agosto de 2026, cuando una paciente fue atendida en el EBAIS de Paraíso y posteriormente trasladada al Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia. Este caso llevó al Periódico Informativo Jbs a preguntar si la nueva sede del Área de Salud contemplaría un servicio de emergencias.
La Dra. Medina respondió inicialmente que tal servicio «no fue autorizada por La Dirección de Proyección de Servicios de Salud», a pesar de que, según ella, existe «la gran necesidad» en la población de Paraíso-Cervantes.
La Planificación Técnica Institucional
La Dirección de Proyección de Servicios de Salud, a través del Ing. Marco David Fallas Rodríguez, explicó que la decisión de no incorporar un Servicio de Urgencias se sustentó en análisis técnicos rigurosos. Según la DPSS, se analizó «la producción asociada a la población de Paraíso-Cervantes registrada en el Servicio de Emergencias» del Hospital Maximiliano Peralta Jiménez, así como «la proyección de las atenciones esperadas».
Con base en ese análisis, la DPSS determinó que «no se determinó técnicamente la necesidad de incorporar un Servicio de Urgencias en la nueva sede». Por el contrario, la institución definió que «la respuesta adecuada consistía en fortalecer la capacidad resolutiva del primer nivel mediante un componente específico de atención de morbilidad aguda».
La DPSS señaló que las variables consideradas incluyeron «las características demográficas de la población adscrita y su evolución esperada, el perfil epidemiológico, el comportamiento de la demanda de servicios, la frecuencia y distribución de los principales diagnósticos, el grado de complejidad de las atenciones, la producción asociada a la población del Área de Salud registrada en el establecimiento hospitalario de referencia y las proyecciones de utilización de los servicios».
Para fundamentar esta decisión, la CCSS se apoyó en el «Manual de Gestión para la atención de la Morbilidad en Sedes de Área de Salud Tipo 1 en la CCSS», versión 01, que fue avalado mediante oficio GM-15506-2025 el 2 de octubre de 2025.
Según este manual, la consulta de morbilidad aguda surge como una estrategia para: «Fortalecer el acceso oportuno a la atención de patologías agudas, priorizando a los grupos vulnerables (niños, adultos mayores, pacientes con comorbilidades); disminuir la demanda insatisfecha en el primer nivel, evitando el desplazamiento innecesario de casos de baja complejidad a los servicios de emergencias hospitalarios; fortalecer la capacidad resolutiva del primer nivel, mediante la atención centrada en el usuario y la continuidad del cuidado; y optimizar el uso de recursos humanos y materiales, reduciendo el ausentismo laboral y escolar por enfermedades agudas tratables en la comunidad».
Las Incertidumbres Locales
No obstante, la Dra. Natalia Medina Montero señaló que a nivel local todavía no existe claridad sobre aspectos operativos cruciales. Indicó que no están definidos:
– Los horarios de atención del componente de morbilidad aguda
– La modalidad de agendamiento
– El acceso a la consulta a demanda
– La cantidad de recurso humano que será asignado
– La infraestructura que deberá compartirse con los EBAIS
– La posibilidad de contar con salas de espera adecuadas para personas usuarias sanas y pacientes enfermos
La directora médica expresó preocupación por la «convivencia de personas sanas y pacientes enfermos en espacios compartidos», aunque este aspecto requeriría clarificaciones operativas específicas durante la implementación.
Optimismo y Dudas Simultáneas
Pese a estas incertidumbres, la Dra. Medina también manifestó disposición institucional. Señaló que «a nivel local, nos encontramos optimistas de cómo debemos aplicar lo instruido».
Sin embargo, inmediatamente después expresó una posición crítica. Indicó textualmente: «No omitimos manifestar, que somos respetuosos al criterio emitido, no obstante, compartimos incertidumbre al nivel local sobre que el alcance de la consulta de morbilidad se alinee con las necesidades actuales y futuras de la población».
Esta declaración es central en el análisis de la situación. Refleja que la Dirección Médica local reconoce que existe una brecha entre lo que la DPSS planificó técnicamente y lo que las autoridades médicas locales perciben como las necesidades reales de la población de Paraíso-Cervantes.
El Reconocimiento de la Necesidad
La propia DPSS reconoce que existe demanda de atención de eventos agudos en Paraíso-Cervantes. Según la respuesta oficial, «la Dirección de Proyección de Servicios de Salud reconoce la necesidad de fortalecer la respuesta oportuna ante la demanda de atención de eventos agudos de la población de Paraíso-Cervantes. Precisamente, esta necesidad fue incorporada como una variable relevante durante la planificación de la nueva sede».
Sin embargo, la institución aclara que existe una diferencia conceptual importante. Según la DPSS: «resulta importante distinguir entre el reconocimiento de una necesidad de atención de eventos agudos, que sí fue considerada, y la determinación de que dicha necesidad deba resolverse necesariamente mediante la incorporación de un Servicio de Urgencias».
La Antecedencia: Más Allá de Paraíso
La Dra. Medina indicó que la necesidad de atención de eventos agudos ya era conocida institucionalmente. Explicó que «desde tiempo considerable atrás, se conocía que al Area de Salud de Paraíso-Cervantes, por sus características y población le sería atribuido un servicio de urgencias, conociendo la carga de consulta que representa nuestra población adscrita para el servicio de emergencias del Hospital Max Peralta de Cartago».
Posteriormente, agregó, «conocimos el criterio de la Dirección de Proyección de Servicios de Salud, y el aval del ‘Manual de Gestión para la atención de la Morbilidad en Sedes de Área de Salud Tipo 1 en la CCSS’ en su versión 01, en octubre 2025».
La CCSS hace una diferencia institucional entre tres tipos de servicios:
El Servicio de Emergencias se define como el área hospitalaria destinada a la valoración inicial, diagnóstico temprano y tratamiento de pacientes con enfermedades o lesiones potencialmente mortales, con disponibilidad 24 horas, 7 días a la semana, 365 días al año.
El Servicio de Urgencias atiende a personas con condiciones que potencialmente podrían convertirse en emergencia, con disponibilidad variable de horarios, y menor capacidad resolutiva que los servicios de emergencias hospitalarios. Debe contar durante su funcionamiento con un profesional de medicina como encargado y un profesional de enfermería como coordinador.
La Consulta de morbilidad aguda, por su parte, es un componente del primer nivel de atención específicamente diseñado para atender patologías agudas de baja complejidad.
La Nueva Infraestructura
La nueva sede del Área de Salud Paraíso-Cervantes contempla una oferta integral de servicios de primer nivel. Según la DPSS, incluirá: «consulta ambulatoria, promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de las principales condiciones de salud, programas preventivos, vacunación y procedimientos de apoyo diagnóstico y terapéutico correspondientes a la tipología y capacidad resolutiva de la sede.
Específicamente, para eventos agudos, la infraestructura contemplará «un componente específico de atención de morbilidad aguda, cuya finalidad es fortalecer la capacidad del Área de Salud para valorar y resolver oportunamente condiciones agudas susceptibles de manejo en el primer nivel de atención».
Además, la DPSS aclaró que «la nueva infraestructura contempla condiciones para realizar la valoración inicial y estabilización, dentro del ámbito de competencia y capacidad resolutiva del establecimiento, de aquellas personas cuya condición clínica posteriormente requiera atención en un nivel de mayor complejidad».
Casos que Exceden la Capacidad: El Hospital de Referencia
Cuando una persona requiera recursos diagnósticos, terapéuticos, hospitalarios o especializados que excedan la capacidad del Área de Salud, la DPSS señaló que «su atención deberá articularse con el Hospital Maximiliano Peralta Jiménez, en su condición de hospital de referencia de la subred, o con el establecimiento que corresponda según las necesidades clínicas y la organización institucional de los servicios».
En casos que requieran mayor especialización o tecnología, la CCSS indicó que «la red institucional permite articular la atención con hospitales nacionales y centros especializados de la CCSS, entre ellos el Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, según corresponda a la condición clínica, especialidad requerida y organización institucional de los servicios».
Accesibilidad
La CCSS señaló que el proyecto de la nueva sede contempla mejores condiciones de «funcionalidad, seguridad, accesibilidad, circulación interna y organización de los servicios». No obstante, no se especificaron medidas concretas de accesibilidad universal para personas con discapacidad en la atención de morbilidad aguda.
Revisión Futura
La planificación vigente no incluye un Servicio de Urgencias, pero la DPSS señaló que la planificación de servicios de salud «no constituye un proceso estático». Indicó que «las necesidades de la población y la capacidad resolutiva de los establecimientos deben ser objeto de seguimiento conforme evolucionen variables como el crecimiento y distribución poblacional, el perfil epidemiológico, el comportamiento de la demanda, la producción de los servicios y la capacidad disponible en los restantes establecimientos de la red».
Por consiguiente, «una eventual modificación futura de la cartera de servicios tendría que sustentarse en una nueva valoración técnica de necesidades y demanda, analizarse en el contexto integral de la Red Central Sur y someterse a los procesos institucionales de planificación, priorización y autorización correspondientes».
La respuesta de la CCSS permite al lector comprender que existe una planificación técnica bien estructurada para atender la morbilidad aguda en Paraíso-Cervantes mediante un componente de primer nivel. También queda claro que la Dirección de Proyección de Servicios de Salud reconoce que existe demanda de atención de eventos agudos en la población.
Sin embargo, lo que emerge de manera importante es que la Dirección Médica local del Área de Salud Paraíso-Cervantes tiene dudas sobre cómo se operacionalizará ese modelo en la práctica cotidiana. Las incertidumbres sobre horarios, agendamiento, recursos humanos, acceso a demanda e infraestructura compartida permanecen sin respuesta.
Esta situación refleja una diferencia legítima entre la planificación técnica institucional y la definición operativa local pendiente. Ambas posiciones son válidas: la DPSS sustenta su decisión en estudios de demanda, mientras que la dirección médica local señala que, más allá de esos estudios, todavía hay aspectos concretos sobre cómo funcionará el modelo que requieren clarificación antes de la puesta en operación.
La población de Paraíso-Cervantes debe comprender que la nueva sede no tendrá un Servicio de Urgencias, pero sí contará con un componente fortalecido de atención de morbilidad aguda. Qué significa esto en términos prácticos — qué situaciones se resuelven localmente, cuáles se refieren, en qué horarios se atiende, cuántos médicos estarán disponibles — son preguntas que la población espera que se aclaren en la implementación del proyecto.
**Fuentes:** Caja Costarricense de Seguro Social, Oficina de Prensa (agosto 2026); Dirección Médica del Área de Salud Paraíso-Cervantes; Dirección de Proyección de Servicios de Salud; Manual de Gestión para la atención de la Morbilidad en Sedes de Área de Salud Tipo 1 en la CCSS, Versión 01 (octubre 2025).










