Ministerio de Justicia reconoce que no existe una medición sistemática que permita saber qué ocurre con las personas después de cumplir una condena. Tampoco hay cifras oficiales sobre reincidencia posterior al egreso.
Costa Rica carece de información suficiente para determinar qué ocurre con las personas que salen de prisión después de cumplir una condena, pese a que la reinserción social constituye uno de los principales objetivos establecidos para el sistema penitenciario nacional.
La institución reconoció que actualmente no dispone de un mecanismo que permita dar seguimiento sistemático a las personas una vez que concluyen su pena.
El Ministerio señaló que “no dispone de un indicador longitudinal y de cobertura general que permita conocer la situación de la totalidad de las personas una vez cumplida su condena”.
La ausencia de información abarca aspectos fundamentales para determinar si una persona logró reincorporarse a la sociedad. Según la respuesta institucional, “no existe una medición sistemática posterior al egreso que integre variables como empleo, vivienda, educación, salud, vínculos familiares y reincidencia durante un período previamente definido”.
Esto significa que el país no cuenta con una fotografía completa de lo que sucede después de que una persona abandona el sistema penitenciario: si consigue empleo, si logra acceder a una vivienda, si continúa estudiando, si mantiene vínculos familiares o si vuelve a entrar en conflicto con la ley.
Reinserción es un objetivo lega
La falta de medición adquiere mayor relevancia porque la reinserción social no es un elemento secundario dentro del modelo penitenciario costarricense.
De acuerdo con la información citada, la legislación nacional y la jurisprudencia constitucional colocan la reincorporación social entre los objetivos del sistema.
El Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional, establecido mediante el Decreto Ejecutivo 40849-JP de 2018, dispone que la administración penitenciaria debe procurar la reinserción mediante acciones relacionadas con educación, cultura, formación profesional, trabajo, salud, deporte, arte y otras áreas.
Sin embargo, el propio Ministerio explicó que su competencia ordinaria de seguimiento individualizado está vinculada al período durante el cual la persona se encuentra cumpliendo una pena, medida, beneficio o modalidad de ejecución bajo supervisión institucional.
Una vez extinguida la pena o medida, y cuando no existe una resolución judicial que ordene continuar con el seguimiento, concluye ese control penitenciario obligatorio e individualizado.
Tampoco se conoce la reincidencia
Uno de los principales vacíos identificados corresponde a la reincidencia.
Aunque el concepto de tasa de reincidencia es utilizado en la criminología para medir cuántas personas de una población vuelven a cometer infracciones penales durante un período determinado, Justicia reconoció que los datos disponibles actualmente no permiten realizar una medición de ese tipo para Costa Rica.
El único dato proporcionado corresponde al corte institucional del 30 de junio de 2026. En ese momento, el 36,2% de la población privada de libertad tenía una condición de reincidencia.
Pero el Ministerio fue enfático en advertir que ese porcentaje no permite establecer cuántas personas reinciden después de recuperar su libertad.
La institución aclaró que ese dato “no constituye una medición longitudinal de la reincidencia posterior al egreso, ni permite determinar qué porcentaje de personas liberadas reincide durante un período determinado”.
La diferencia es importante. Saber cuántas personas privadas de libertad tienen una condición de reincidencia no equivale a conocer qué porcentaje de quienes salen de prisión vuelve a delinquir seis meses, un año, tres años o cinco años después.
Sin comparación entre penas
El vacío de información también impide responder una de las preguntas centrales del debate sobre política criminal: si las personas que cumplen una pena de prisión reinciden en mayor o menor proporción que aquellas sometidas a medidas alternativas.
El Ministerio de Justicia indicó que “no se cuenta con estudios comparativos que permitan determinar si existen diferencias en la reincidencia de personas que cumplieron una pena privativa de libertad y aquellas sujetas a penas, medidas o modalidades alternativas”.
Por lo tanto, no existen datos institucionales suficientes para respaldar con evidencia una comparación entre ambos modelos.
La ausencia de este tipo de mediciones adquiere especial importancia en momentos en que el país mantiene un intenso debate sobre endurecimiento de penas, beneficios penitenciarios, uso de dispositivos electrónicos y otras medidas relacionadas con la seguridad pública.
Expertos cuestionan el vací
El exministro de Justicia Marco Feoli consideró difícil desarrollar políticas públicas de largo plazo sin información sobre lo que ocurre después de que las personas terminan sus condenas.
Feoli señaló que debería existir seguimiento, al menos en los regímenes semiabiertos, y cuestionó que el acompañamiento desaparezca cuando termina la pena.
“Cuando ya se ha cumplido la pena, se entiende que la persona no tiene deudas con el sistema penitenciario y ahí desaparece el seguimiento. Pero eso es un error si de verdad hubiera interés en términos de reincidencia”, afirmó, según Semanario Universidad.
También Esteban Vargas, del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la Defensoría de los Habitantes, reconoció que se trata de un reto pendiente y señaló que el tema es de interés para ese mecanismo.
La criminóloga Tania Molina expresó, por su parte, sorpresa ante la ausencia de datos y cuestionó cómo pueden sustentarse las afirmaciones sobre reinserción y reincidencia sin información que permita medir sus resultados.
“Entonces, ¿cómo respaldan lo que dicen sobre reinserción y reincidencia?”, cuestionó.
Molina recordó además que el objetivo histórico de la Dirección de Adaptación Social está relacionado con procurar la reincorporación de las personas sentenciadas a la sociedad.
“No es un depósito de seres humanos, el objetivo definido en leyes y tratados internacionales es reformarlos para reinsertarlos, y para ello se requiere de información”, afirmó.
Una unidad que quedó atrás
El país incluso tuvo un intento institucional para atender precisamente el período posterior al cumplimiento de las condenas.
En 2018 fue creada la Unidad de Inserción Social, presentada entonces como una respuesta a una deuda histórica del sistema penitenciario: acompañar a quienes habían cumplido una pena durante su proceso de reincorporación a la sociedad.
Según Feoli, esa iniciativa buscaba ofrecer acompañamiento postpenitenciario desde una perspectiva de apoyo estatal y no exclusivamente represiva.
El exministro lamentó que el proyecto no tuviera continuidad y atribuyó su desaparición a factores como “el cortoplacismo, la falta de estrategias de largo y hasta las mezquindades”.
La situación plantea una contradicción entre el objetivo legal de reinsertar a las personas y la capacidad real del Estado para determinar si esa reinserción ocurre.
Debate de seguridad sin datos completo
El vacío estadístico ocurre mientras Costa Rica atraviesa una de las etapas más complejas de su crisis de seguridad y mantiene una discusión política sobre cómo responder al aumento de la criminalidad.
En ese contexto, el Gobierno ha defendido propuestas relacionadas con el cumplimiento de las condenas y los beneficios penitenciarios.
Durante la presentación de proyectos de ley en materia de seguridad, la presidenta Laura Fernández afirmó que la sustitución de determinados beneficios carcelarios por dispositivos de vigilancia electrónica “facilita la reinserción social”. También sostuvo que las personas que cumplen la totalidad de sus sentencias reinciden más que quienes reciben beneficios.
Sin embargo, la información reconocida por el propio Ministerio de Justicia muestra que Costa Rica no dispone de una medición longitudinal que permita determinar, con alcance general, qué sucede con las personas después de cumplir sus condenas ni establecer de manera estadística sus niveles de reincidencia posteriores.
Así, mientras la reinserción social aparece en las leyes, en las políticas penitenciarias y en el discurso público como una meta del sistema, el país continúa sin contar con una herramienta integral que permita responder una pregunta fundamental: ¿qué ocurre con las personas cuando salen de prisión?












