Una secretaria de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) presentó una demanda por ₡100 millones contra la institución, tras alegar que su expediente de salud fue consultado sin autorización por un médico ortopedista y una médica general que forman parte de su entorno laboral.
Según el documento legal, los accesos ocurrieron entre abril y noviembre de 2024 a través del Expediente Digital Único en Salud (EDUS), sistema que regula la confidencialidad de la información médica. La funcionaria sostiene que no existía relación médico-paciente con quienes ingresaron a su expediente y que estas acciones le provocaron graves efectos en su salud mental, incluyendo crisis de ansiedad, irritabilidad y aumento de dosis de medicamentos antidepresivos.
Los registros indican que el 30 de abril de 2024, la médica general consultó el expediente en dos ocasiones sin justificación, y el 16 de mayo de 2024, su jefe directo accedió con la explicación de «buscar persona», aunque la trabajadora no era paciente de esa especialidad. Adicionalmente, se reportan dos accesos más el 10 de noviembre de 2024, uno de ellos a las 4:20 a. m., por la misma médica.
Como parte de la demanda, la funcionaria solicitó medidas cautelares urgentes, incluyendo su traslado inmediato a otro servicio dentro de la CCSS y que el médico jefe vinculado con los accesos sea apartado de cualquier investigación relacionada, debido a conflicto de interés y a la afectación de su entorno laboral.
La denuncia se basa en la normativa que regula el EDUS y en la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, que establece la confidencialidad de la información médica y limita el acceso a quienes participan directamente en la atención del paciente.
Por su parte, la CCSS negó que los ingresos constituyeran consultas indebidas. La institución reconoció los registros de acceso, pero argumentó que estos podrían responder a gestiones médicas o administrativas, incluyendo atenciones previas de la funcionaria o revisiones de incapacidades. Además, defendió que no se produjo divulgación de información sensible a terceros y que corresponde a la parte demandante demostrar que hubo nexo causal entre los accesos y los daños reclamados.
El caso sigue en proceso judicial y plantea interrogantes sobre los límites del acceso a información médica dentro de instituciones públicas y la protección de la confidencialidad en el contexto laboral.








