La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobó, en la sesión del lunes 24 de abril, la reforma al “Reglamento para la utilización de los vehículos de la CCSS”, que estaba vigente desde julio de 1994.
La ingeniera Giorgianella Araya Araya, directora de la Dirección de Servicios Institucionales de la Gerencia Administrativa, destaca que “la nueva normativa que consta de doce capítulos se enmarca en los aspectos de control en estricta observancia del régimen jurídico, ético, moral y de probidad vigente en la institución, de conformidad con la Ley General de la Administración Pública y la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial”.
El artículo 10 del nuevo reglamento, referente al horario de uso de los vehículos, establece que “para circular en horas y días fuera del horario normal de la unidad a la que están asignados, la aprobación deberá hacerla el titular subordinado a cargo del vehículo; todo ello en circunstancias debidamente justificadas por la actividad ordinaria, o por causas de fuerza mayor, para desarrollar funciones propias del cargo o específicas”.
Por otro lado, el artículo 20 establece la prohibición de “utilizar los vehículos de uso administrativo para trasladar a las personas trabajadoras a sus residencias o domicilios particulares, o lugares de carácter privado o público que no correspondan al cumplimiento de sus labores. Como excepción a esta prohibición, se autoriza a los gerentes, auditor y subauditor interno, en caso de requerir atender gestiones extraordinarias o giras fuera de horario laboral ordinario, el traslado -desde y hasta su domicilio- dentro del Área Metropolitana, siempre bajo su responsabilidad”.
Desde el 15 de noviembre de 2022, el Consejo de Presidencia y Gerentes había tomado el acuerdo de no utilizar los vehículos institucionales para trasladar a los gerentes a su lugar de residencia, en tanto no se presentara ante Junta Directiva las reformas al reglamento.
El nuevo reglamento también norma, en el artículo 24, que los vehículos institucionales no deben permanecer en casas de habitación de personas trabajadoras; o bien, de particulares.
Como parte del proceso de control de uso de los vehículos, todas las unidades de la CCSS con vehículo asignado deben mantener un expediente vehicular el cual contenga el historial cronológico de las operaciones de la unidad de acuerdo con la normativa interna, así como el uso obligatorio de dispositivos de monitoreo o GPS y el sistema de gestión de transporte institucional (GETI).
Además del reglamento, “la CCSS cuenta con un manual para la gestión de transporte y varios procedimientos para administrar y controlar su flota vehicular que actualmente ronda las 1800 unidades en todo el país, destacando entre ellas ambulancias, pick up, camiones, motocicletas, entre otros” destaca la ingeniera Araya Araya.
El nuevo reglamento entrará en vigor una vez sea publicado en el diario oficial La Gaceta.







