Paul Rueda Magistrado de la Sala Constitucional /Foto-Medios
El Ministerio de Justicia únicamente les facilita mascarillas a los privados de libertad cuando presenten sintomatologías respiratorias y deban acudir a las clínicas o realizar diligencias fuera de los centros penales.

El incremento de casos confirmados y sospechosos por la covid 19 y con el fin de evitar que se produzcan contagios masivos, es imprescindible el uso obligatorio de mascarillas para todos los funcionarios administrativos, población penal y policía penitenciaria.
Precisamente, resulta importante comprender que existen privados de libertad que por su situación personal no pueden acceder a mascarillas a través de terceros, por lo que el Estado se encuentra en la obligación de velar por que, ante la actual pandemia, toda la población penitenciaria cuente con tales insumos.
Es necesario ordenar a las autoridades recurridas que de inmediato se tomen las medidas
necesarias se garantice que la totalidad de la población penitenciaria cuente con mascarillas que cumplan con los requerimientos técnicos necesarios para resguardar su salud ante la pandemia de la covid 19.
(Tomado del Expediente del recurso de amparo N. 20-013814-0007-CO, Resolución No 2020016710)







