El 16 de enero de 2023 vence el plazo para presentar y pagar, sin recargo, el monto
correspondiente al impuesto solidario para el fortalecimiento de los programas de
vivienda.
Este impuesto deben pagarlo aquellas personas con propiedades de uso habitacional,
que sean utilizadas de forma habitual, ocasional o de recreo, y cuyo valor de construcción
y de las instalaciones fijas y permanentes superen los ¢148 millones, de acuerdo con el
Decreto No 43851-H, publicado en el alcance No 282 a La Gaceta No 245, del 23 de
diciembre del 2022.
El monto indicado anteriormente se actualiza con base en el Índice de Precios al
Consumidor que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censos. La declaración se
realiza cada tres años por medio de la Administración Tributaria Virtual (ATV) y su pago
se efectúa anualmente.
El total de impuesto a pagar por quienes hayan presentado la declaración del periodo
2022 (formulario D-179), es calculado por la Dirección General de Tributación y puesto a
disposición en el portal ATV.
Quienes hayan adquirido su vivienda de uso habitacional en este último año y su valor se
encuentra sujeto al pago del impuesto, deberán presentar la declaración en el formulario
D-179, disponible en ATV.
Para facilitar el pago de este impuesto, la Administración Tributaria tiene a disposición los
siguientes medios de pago:
1. Débito en Tiempo Real (DTR), disponible en el portal Administración Tributaria
Virtual (ATV).
2. Conectividad bancaria, mediante el sitio web de la cuenta de la entidad financiera
autorizada.
3. Directamente en las cajas de las entidades recaudadoras autorizadas con solo
indicar el número de cédula.
Quienes incumplan con la presentación de la declaración y el pago en tiempo del
impuesto solidario, se exponen a las sanciones que se encuentran establecidas en el
Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Para acceder a más información, la persona interesada puede ingresar a la página web del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr, apartado “Información Tributaria”, sección “Información de impuestos administrados por la DGT”.







