Proyecto de extracción avanza

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Mediante la resolución R-0494-2024-MINAE, firmada el 7 de noviembre de 2024 por el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), el Gobierno de la República otorgó una concesión minera de extracción de materiales en el cauce del dominio público del Río Frío, en el distrito de San Rafael de Guatuso, provincia de Alajuela, a favor de la empresa Inversiones Comerciales Rubén de Goicoechea S.A.

La resolución autoriza a la compañía –representada por Jesús Alonso Herrera Chacón, apoderado generalísimo sin límite de suma– a explotar arena, lastre y bloques durante un plazo de diez años, con una tasa de extracción anual de 40.000 metros cúbicos.

El área concedida comprende 13 hectáreas de extensión, a lo largo de aproximadamente dos kilómetros del cauce del Río Frío, en los sectores de Buenos Aires y Maquencal, bajo jurisdicción del cantón de Guatuso.

El proceso administrativo y los estudios ambientales

Según consta en el expediente 2018-CDP-PRI-064, la empresa presentó su solicitud formal de concesión el 9 de enero de 2023 ante la Dirección de Geología y Minas (DGM).
Posteriormente, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) otorgó viabilidad ambiental al proyecto mediante la resolución 1848-2022-SETENA, emitida el 9 de noviembre de 2022, por un plazo de cinco años.

En el expediente consta una certificación del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en la que se indica que el área concesionada no se encuentra dentro de ninguna zona protegida o reserva natural bajo administración del MINAE. Sin embargo, el documento advierte que la tala de árboles requerirá permisos forestales y que se deberán respetar las áreas de protección de cauces y márgenes, conforme a la Ley Forestal N.º 7575.

Por su parte, la Dirección de Aguas recomendó que la extracción “no afecte la toma de agua existente” y advirtió sobre la necesidad de evitar la extracción del piso firme del río, así como la desviación del cauce o la acumulación de materiales que provoquen represamientos.

Una explotación con condiciones técnicas específicas

De acuerdo con la resolución, la concesión se divide en cinco bloques de extracción, que se desarrollarán de manera progresiva desde aguas arriba hacia aguas abajo.
La metodología de trabajo será mecanizada y laminar, centrada en los bancos aluviales emergidos del río.

El horario de operación aprobado será de lunes a sábado, de 6:00 a.m. a 5:00 p.m., prohibiéndose toda labor de extracción o trituración en domingos y feriados.
El proyecto contará además con un patio de maniobras y procesamiento de materiales, ubicado en el inmueble finca 494203-000, inscrito en el Registro Nacional.

La Dirección de Geología y Minas, mediante el memorando DGM-CMRHN-105-2023, firmado por el geólogo Maikol Rojas Alfaro, avaló el programa técnico de explotación, concluyendo que cumple con los requisitos establecidos por el Código de Minería y su reglamento (Decreto Ejecutivo N.º 43443-MINAE).

Autorización presidencial y alcance del permiso

La resolución fue firmada en nombre del Presidente Rodrigo Chaves Robles por delegación al Viceministro de la Presidencia en Asuntos Administrativos, Jorge Rodríguez Bogle, y por el Ministro de Ambiente y Energía.

El documento fundamenta la decisión en los artículos 36 y 89 del Código de Minería, que facultan al Poder Ejecutivo para otorgar concesiones de explotación en cauces de dominio público por un máximo de diez años, prorrogables hasta por treinta años en total.

Asimismo, se indica que la empresa deberá mantener al día su viabilidad ambiental y obligaciones tributarias y laborales, así como cumplir con las recomendaciones técnicas establecidas por la DGM y SETENA.

Preocupaciones locales y cuestionamientos sociales

Pese a la formalidad del procedimiento, la resolución ha generado inquietud en sectores ambientales y comunitarios de la zona norte del país.
Vecinos de Guatuso han manifestado su preocupación por los posibles impactos ecológicos en el Río Frío, fuente hídrica vital para comunidades campesinas e indígenas, y que ha sido afectada históricamente por la extracción de materiales.

Organizaciones locales también cuestionan la falta de mecanismos de participación ciudadana efectivos en estos procesos, pues la publicación de edictos en La Gaceta no suele garantizar el acceso a la información ni el ejercicio real de oposición por parte de las comunidades rurales.

De acuerdo con especialistas consultados, el volumen de extracción autorizado –40 mil metros cúbicos por año– podría alterar el flujo natural del cauce y generar erosión o afectaciones a la biodiversidad acuática si no se cumplen rigurosamente las medidas de mitigación.

Conclusión

El otorgamiento de la concesión minera del Río Frío refleja una vez más las tensiones entre la explotación económica de los recursos naturales y la conservación ambiental en Costa Rica.
Mientras el MINAE argumenta haber cumplido con todos los requisitos técnicos y legales, persiste la duda sobre si el modelo de gestión ambiental vigente garantiza realmente la protección de los ecosistemas fluviales frente a la presión extractiva de las concesiones mineras.

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