Avalan extracción pese a alertas

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La Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) otorgó viabilidad ambiental a un proyecto de extracción de materiales en el cauce del río Frío, en San Rafael de Guatuso, pese a advertencias sobre la vulnerabilidad de la zona, la cercanía con nacientes y la falta de claridad en los impactos acumulativos. Expertos y comunidades cuestionan la solidez técnica y legal del aval.

Una decisión polémica en terreno frágil

El 16 de marzo de 2022, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), adscrita al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), emitió la Resolución Nº 0437-2022-SETENA, mediante la cual otorga viabilidad (licencia) ambiental al proyecto denominado “Extracción de Materiales en Cauce de Dominio Público, Río Frío, San Rafael de Guatuso, Alajuela”.

El permiso, según el expediente administrativo, permite a una empresa privada la extracción de materiales pétreos en una zona altamente sensible desde el punto de vista hidrológico y ecosistémico, por tratarse de un cauce de dominio público vinculado a nacientes que abastecen comunidades rurales.

La decisión ha generado inquietud entre ambientalistas y pobladores locales, pues se da en medio de advertencias técnicas internas sobre la vulnerabilidad del área y pese a inconsistencias en la documentación ambiental que debió presentar el desarrollador ante SETENA.

La resolución 0437-2022-SETENA: una lectura crítica

El texto oficial de SETENA, emitido “a las 09 horas 45 minutos del 16 de marzo de 2022”, declara que el proyecto “cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos para la obtención de la viabilidad ambiental”, basándose en un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por la empresa concesionaria.

Sin embargo, el mismo expediente revela contradicciones preocupantes:

  • No se detalla adecuadamente la distancia entre el área de extracción y las nacientes más cercanas, que según el catastro hidrográfico regional podrían estar a menos de 100 metros aguas arriba.

  • Se reconoce que la zona está dentro de un área de recarga acuífera, pero no se establecen medidas de mitigación específicas ni monitoreo continuo.

  • El informe técnico de la Región Huetar Norte de Geología del propio MINAE, firmado por el geólogo Lic. Maikol Rojas A., menciona “necesidad de mayor información técnica y social para valorar impactos acumulativos en el cauce”.

Pese a estas observaciones, la Secretaría concluye que “el proyecto es ambientalmente viable, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Plan de Gestión Ambiental”.

El aval ambiental y la concesión minera

Posteriormente, el 7 de noviembre de 2024, el Poder Ejecutivo emitió la Resolución R-0494-2024-MINAE, en la cual se conoce la solicitud formal para el otorgamiento de la concesión minera correspondiente al mismo cauce del río Frío.

La secuencia temporal es reveladora: primero se otorga el aval ambiental (SETENA, 2022), y luego se tramita la concesión minera (MINAE, 2024), pese a que ambas instituciones forman parte del mismo Ministerio y deberían coordinar verificaciones conjuntas antes del otorgamiento final.

En esa resolución, el MINAE señala que el proyecto se ubica en dominio público y que, por tanto, se ajusta al marco del Código de Minería y su reglamento. No obstante, no se consigna evidencia pública de la consulta comunal previa ni de la coordinación con el SINAC, responsable de áreas protegidas y recursos hídricos cercanos.

Respuesta del Departamento de Control Minero

Ante las consultas realizadas por este medio, se obtuvo copia de una comunicación interna del MINAE, remitida por el Lic. Maikol Rojas A., geólogo coordinador de la Región Huetar Norte, dirigida al Lic. Esteban Bonilla Elizondo, jefe del Departamento de Control Minero.

En dicha respuesta, el funcionario indica que la solicitud de concesión “cumple con los aspectos geológicos básicos” pero advierte sobre la necesidad de verificar en campo las condiciones reales del cauce y evaluar la interacción con nacientes y pozos artesanales cercanos al área de influencia.

“Se recomienda realizar inspección conjunta con la Dirección de Aguas y la SETENA antes del otorgamiento definitivo, a fin de evitar conflictos ambientales posteriores”, señala el informe.

Este señalamiento técnico contrasta con la decisión final, ya que no existe evidencia pública de que esa inspección recomendada haya sido realizada antes de otorgarse el aval ambiental y continuar el trámite de concesión.

Nacientes, vulnerabilidad y omisiones

El área del proyecto se ubica en San Rafael de Guatuso, una zona caracterizada por alta precipitación, suelos porosos y recarga subterránea constante, que alimenta varias nacientes utilizadas por acueductos rurales. Según información de la Dirección de Aguas, el río Frío y sus afluentes tienen alta vulnerabilidad hidrogeológica.

Expertos consultados por Periódico Informativo JBS señalan que en tales condiciones cualquier remoción intensiva del cauce puede alterar el flujo hídrico subterráneo, afectando nacientes y pozos.

La ingeniera ambiental María José Chaves, exfuncionaria de SETENA, explicó que:ç

“Las extracciones en cauces deben tener un nivel de control altísimo porque la dinámica fluvial cambia constantemente. Si se omiten monitoreos de sedimentos, turbidez o filtración, el daño puede ser irreversible”.

A pesar de estas advertencias, el Plan de Gestión Ambiental aprobado en la resolución 0437-2022 no contempla monitoreo mensual de aguas ni estudios hidroquímicos, sino únicamente “reportes semestrales de avance”.

Fallas en la consulta pública y participación ciudadana

Otro punto conflictivo es la falta de transparencia en el proceso de consulta ciudadana, obligatorio según el artículo 13 de la Ley 7554 (Ley Orgánica del Ambiente) , reforzado por la Ley 7600 en materia de participación de personas y organizaciones afectadas, incluyendo aquellas que representan a poblaciones con discapacidad o condiciones de vulnerabilidad social.

No consta en el expediente la realización de reuniones comunales formales ni convocatorias públicas en San Rafael de Guatuso, ni la participación de acueductos comunales o asociaciones locales.

Esto vulnera el principio de consulta previa, libre e informada, reconocido tanto por la Constitución Política como por tratados internacionales como la Convención de Aarhus y el Acuerdo de Escazú, suscrito por Costa Rica.

El silencio del MINAE y el papel de SETENA

Pese a las múltiples solicitudes de información realizadas por organizaciones sociales y medios de comunicación, el MINAE no ha publicado el expediente completo del proyecto en su sitio web ni ha respondido sobre el cumplimiento de las condiciones ambientales impuestas.

Desde la perspectiva de la transparencia ambiental, este es un patrón preocupante. En años recientes, diversos proyectos extractivos han recibido viabilidad ambiental con procesos de evaluación fragmentados, donde cada dirección del Ministerio actúa de forma independiente, sin una visión integrada de los impactos acumulativos.

El caso del río Frío parece ser un ejemplo más de esa desconexión institucional: SETENA aprueba, Geología recomienda precaución, y la Dirección de Aguas no aparece en los registros públicos del expediente.

Contradicciones en la política ambiental

El propio MINAE ha declarado en su Política Nacional de Recursos Hídricos 2021–2030 que “la gestión del agua debe priorizar la conservación de nacientes, zonas de recarga y cauces naturales sobre la explotación económica de materiales”.

Sin embargo, la aprobación del proyecto en el río Frío va en dirección opuesta a esos compromisos, al privilegiar una concesión privada sobre un ecosistema que cumple función de regulación hídrica para la región Huetar Norte.

La contradicción es evidente: mientras por un lado el Estado impulsa programas de “protección de cuencas”, por el otro autoriza extracciones en cauces donde los propios técnicos reconocen vulnerabilidad.

Impactos sociales y ambientales potenciales

De acuerdo con un análisis independiente realizado por ingenieros ambientales de la Universidad Nacional, los riesgos asociados a este tipo de extracción en el río Frío incluyen:

  • Erosión acelerada de márgenes del río, con pérdida de cobertura vegetal.

  • Aumento de sedimentos en suspensión, que puede alterar la calidad del agua.

  • Descenso del nivel freático en zonas aledañas, afectando nacientes y pozos comunales.qué tan confiables son las evaluaciones de impacto ambiental en Costa Rica?

¿Existe supervisión efectiva posterior a la emisión de una viabilidad ambiental, o se trata de un trámite meramente formal que se convierte en licencia para explotar recursos naturales sin control real?

  • Afectación a fauna acuática y anfibia, especialmente en períodos de sequía.

  • Fragmentación del ecosistema fluvial al modificar el cauce natural y los patrones de flujo.

El informe señala que, si bien los impactos pueden ser mitigables, solo lo serían bajo supervisión constante, algo que en la práctica no ocurre por falta de personal y recursos en SETENA y el MINAE.

Comunidades exigen revisión del expediente

Organizaciones ambientales y vecinales del norte del país han solicitado la revisión del expediente administrativo y la suspensión de la concesión minera hasta que se realicen estudios complementarios.

Los vecinos alegan que nunca fueron notificados oficialmente del proyecto y que las inspecciones de campo se realizaron “sin presencia comunal ni registro audiovisual”, lo que viola el principio de publicidad de los actos administrativos ambientales.

Además, denuncian que no se ha actualizado la línea base ambiental desde 2021, pese a que las condiciones hidrológicas han cambiado significativamente por el aumento de lluvias extremas y deslizamientos en la zona.

Una oportunidad para la rendición de cuentas

El caso del río Frío pone sobre la mesa una discusión nacional pendiente: ¿

La falta de transparencia, la debilidad técnica y la ausencia de participación pública convierten este expediente en un caso emblemático de la crisis institucional en la gestión ambiental.

Conclusión: entre el papel y la realidad

Mientras en los documentos oficiales el proyecto se presenta como “ambientalmente viable y regulado”, en la práctica persisten dudas profundas sobre su legitimidad, su impacto real , la correspondencia de sus procedimientos con los principios de sostenibilidad y participación ciudadana.

La Resolución Nº 0437-2022-SETENA y la posterior R-0494-2024-MINAE representan no solo un permiso administrativo, sino también un espejo de las debilidades estructurales del sistema de evaluación ambiental costarricense: la falta de coordinación interinstitucional, la limitada fiscalización en campo y la omisión del derecho ciudadano a la información.

En palabras de un técnico que pidió anonimato dentro del propio Ministerio:

“La SETENA sigue aprobando proyectos en papel, mientras el terreno cuenta otra historia. Sin monitoreo, la viabilidad ambiental es apenas una ilusión jurídica”.

Firmado:

Alberto Cabezas Villalobos
Presidente de la Comisión de Accesibilidad de la CUT
Secretario de la Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras
Periódico Informativo JBS – Investigación Especial

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