SETENA aprueba extracción pese a riesgos

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La Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), órgano del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), otorgó viabilidad ambiental al proyecto de extracción de materiales en el cauce del río Frío, en San Rafael de Guatuso, mediante la Resolución N.º 0437-2022-SETENA, emitida a las 09:45 a.m. del 16 de marzo de 2022. El proyecto, denominado CDP Río Frío 2 (64T-2016), fue presentado por la Municipalidad de Guatuso, bajo la representación legal de la alcaldesa Ilse María Gutiérrez Sánchez.

Un proyecto municipal con impacto ambiental directo

El expediente administrativo D1-0092-2019-SETENA fue sometido al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) entre 2020 y 2022. El proyecto busca extraer materiales de origen volcánico y sedimentario arrastrados por el cauce del río Frío, con el argumento de atender necesidades de infraestructura municipal y mantenimiento vial.

SETENA reconoció que la obra requiere “infraestructura necesaria para la explotación de materiales arrastrados por el río como parte de su dinámica natural”. Sin embargo, los propios informes técnicos de la Secretaría advierten que el área de concesión se encuentra dentro del radio de protección de una naciente sin nombre, registrada bajo el expediente N.º 3626 en la Dirección de Aguas del MINAE.

Naciente bajo riesgo y superposición de concesiones

El informe geoespacial incluido en la resolución señala que “el tramo del río a concesionar se encuentra afectado por el radio de protección de una naciente sin nombre”. A pesar de esta observación, la Municipalidad no aportó el dictamen técnico de la Dirección de Aguas que corrigiera o ratificara la ubicación de la naciente, lo que fue consignado como “No cumple” en el propio documento de SETENA.

Además, la Unidad de Geografía de la SETENA detectó traslapes con al menos tres expedientes mineros anteriores: MIN-17271-2016, MIN-15364-2014 y D1-21297-2017. Todos corresponden a solicitudes previas sobre el mismo cauce. Aunque algunos expedientes fueron archivados, el órgano técnico reconoció la existencia de una superposición del 10% con otro proyecto municipal (2020-CDP-PRI-011).

Zonas vulnerables e inundables

La resolución detalla que el área se ubica en un sector con potencial de inundaciones, según registros de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE). El análisis geológico confirma que una falla atraviesa parte del río en el tramo a concesionar y que el terreno presenta riesgos de derrumbes, flujo de detritos y represamientos.

A pesar de estas condiciones, SETENA concluyó que el proyecto es “técnicamente factible” y que el impacto hidrológico sería “bajo”, con un aumento máximo estimado del 0,54% en el caudal de escorrentía.

Aspectos sociales y arqueológicos omitidos o minimizados

En el apartado socioeconómico, el estudio ambiental afirma que “no existen organizaciones sociales que categorizar” en la zona, y que no se identificaron fuerzas opositoras al proyecto, pese a tratarse de un cauce público con implicaciones comunitarias.

El documento también reporta hallazgos de fragmentos cerámicos dispersos en el área, aunque estos no fueron considerados suficientes para clasificar la zona como sitio arqueológico. Se recomendó únicamente la supervisión del movimiento de tierras por un profesional acreditado, en cumplimiento de la Ley N.º 6703 de Patrimonio Arqueológico.

Fauna vulnerable y ecosistemas frágiles

El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) presentado por la Municipalidad indica que no se observó fauna significativa dentro del área del proyecto, aunque se escucharon monos congo (una especie amenazada) en las cercanías. También se registró la presencia del perico zapoyolito (Brotogeris jugularis), protegido por la legislación nacional.

El informe reconoce que el área de protección del río constituye un “ecosistema frágil”, pero aclara que “el proyecto no afectará dicha zona ni implicará corte de árboles”. Sin embargo, la viabilidad ambiental fue otorgada sin contar con una declaratoria de Conveniencia Nacional, requisito habitual para proyectos en zonas de protección ribereña.

Conclusión: viabilidad ambiental con vacíos pendientes

Pese a los hallazgos técnicos, la Comisión Plenaria de la SETENA resolvió otorgar la viabilidad ambiental al proyecto CDP Río Frío 2, bajo el argumento de que se cumplieron los requisitos del Decreto Ejecutivo N.º 32966-MINAE. El órgano ambiental reconoció un incumplimiento relacionado con la naciente identificada, pero consideró que ello no impedía continuar con la autorización general.

La resolución subraya que “ninguna aprobación de la SETENA crea derecho alguno si otras instancias no otorgan los permisos correspondientes”, trasladando así la responsabilidad final al MINAE y a la Municipalidad.

Contexto ambiental y comunitario

El río Frío, que atraviesa parte del cantón de Guatuso y la zona indígena Maleku, ha sido históricamente afectado por actividades extractivas y sedimentación. Ambientalistas locales han advertido sobre la pérdida de cobertura vegetal en las riberas y la alteración de cauces naturales debido a concesiones mineras municipales y privadas.

La resolución 0437-2022 se convierte así en un nuevo capítulo en la controversia sobre la gestión ambiental en zonas de alta vulnerabilidad ecológica, donde los intereses de desarrollo local y la protección de los recursos hídricos continúan en tensión.

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