“LA MEDIACIÓN PENAL EN NICARAGUA NACE POR FALTA DE JUSTICIA PRONTA Y CUMPLIDA”

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Alberto Cabezas/Foto-Medios

“La mediación penal desde los sistemas judiciales en Nicaragua, nace como una propuesta a la sociedad que se encuentra convulsionada por mal falta de justicia pronta y oportuna para resolver por medio de si, los conflictos que constituyen una conducta penal leve en las que el ofendido y el ofensor se encuentran cara a cara, para encontrar una solución conjunta asistida por un tercero imparcial que les permitirá en un escenario libre, poder expresar sus emociones, opiniones y consideraciones de cómo podrían resolver la situación” aseguro la abogada y periodista Noemi Pavón Gallard, exiliada desde 2016 en Costa Rica.

Con Gallard conversó el Periódico Informativo JBS.

Entrevista

¿Qué argumenta la teoría del proceso de composicional?

La Teoría del Proceso Composicional pretende explicar complejas relaciones entre el Marco de la Justicia Penal Moderna del Siglo XXI, el que sostiene un rígido sistema acusatorio versus las sanciones alternativas de reparaciones del daño y las penas impuestas.

¿La negociación es un proceso necesariamente composicional?

A mi criterio diría «es la acción civil por la reducción de la pena de cárcel».

Este sistema que «humaniza» las penas a mi criterio como Abogada Penalista no ha tenido el efecto tan deseado pues por más civiles que sean las penas, los que delinquen y son beneficiados se vuelven reincidentes y más crueles en sus comportamientos.

¿La negociación es un proceso necesariamente composicional?

Los teóricos como Alberto M. Biden sostiene que el Proceso Composicional es el resultado de la necesidad de buscar instrumentos que permitan mayor protagonismo social.

Es decir, el uso de sanciones alternativas a acciones delictivas producto de esa negociación entre víctimas y victimario.

Y sustenta su teoría argumentando que el uso del modelo de análisis en gestión de conflictos es la base común de todos los problemas.

La negociación como parte de ese proceso composicional es considerada por los teóricos como el motor que impulsa la construcción de soluciones alternativas.

Teóricamente se sostiene que también trata de evitar que se instalen arbitrariedades o se enmascaran nuevas formas de violencia bajo la luz de los principios composicionales.

A mi conocer la realidad de los sistemas judiciales que han acogido el modelo composicional como Nicaragua, Costa Rica y Colombia sufren las consecuencias del mismo pues se han convertido en sistemas que fomentan la impunidad y la repetición.

Humanizar las penas no ha traído reparación al daño sufrido por las víctimas las que se ven una vez más victimizadas al tener que volver a un juzgado a pedir se tenga por violado el acuerdo y sea llevado a la Justicia Ordinaria el victimario.

¿Porqué las normas jurídicas pueden transformar realidades desde un punto de vista restaurativo y sanador?

Las normas jurídicas son consideradas un principio restaurador por cuanto es una prescripción dirigida a la protección y reparación del comportamiento humano, prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar a una sanción. Generalmente, impone deberes para todos los hombres del territorio donde se dicta y confiere derechos para aquellos que sufran daño en sus patrimonios o bienes protegidos.

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