En un hecho sin precedente en la historia de Estados Unidos, la mayoría en la cúpula de su sistema judicial, se pronunció a favor de que los presidentes y los ex presidentes de ese país deben tener, sin perjuicio de los delitos o crímenes que cometan, el blindaje jurídico de la inmunidad sin límite.
Por mayoría de 6-3, la Corte Suprema de Estados Unidos (Supreme Court of the United States, Scotus), aprobó y emitió, el 1 de julio, esa resolución -debatida el 25 de abril-, cumpliendo el objetivo de postergar, al máximo posible, uno de los cuatro juicios que el corrupto ex presidente estadounidense (2017-2021) Donald Trump enfrenta -el específicamente referido a si la inmunidad presidencial lo protege del intento de golpe de Estado que perpetró el 6 de enero de 2021-.
Trump argumenta, sin ningún sustento probatorio, que, en noviembre de 2020 le fue robada su aspiración a la reelección, por lo que, para impedir la asunción presidencial -14 días después- por parte de Joe Biden, intentó violar el orden constitucional estadounidense.
Miles de irracionales seguidores del autócrata republicano, tomaron, el 6 de enero, por asalto, la sede legislativa estadounidense, en Washington, interrumpiendo, violentamente, la sesión del Senado en cuyo marco se oficializaba -según los dispuesto en la Constitución- el resultado de esa votación.
Trump ha rechazado los delitos que le fueron tipificados -entre otros, el de haber instigado, mediante su recurrente discurso de odio e intolerancia colmado de mentiras, ese acto de masiva violencia subversiva-.
El mayoritario bloque de seis magistrados conservadores -tres de ellos designados por Trump- se pronunció a favor del ilegítimo planteamiento del ex mandatario, en el sentido de que no es posible enjuiciarlo porque lo protege una plena inmunidad presidencial.
Después de haber marcado notoriamente la cancha legal, la mayoría de la Scotus, determinó que el caso por el intento golpista de Trump siga su curso en la Corte de Distrito de Washington, cuya jueza Tanya Chutkan está encargada de ese proceso penal.
Sobre la base del dictamen mayoritario de la máxima autoridad judicial de Estados Unidos, Chutkan -quien había presentado una consulta a la Scotus, que fue respondida con la resolución del 1 de julio- debe determinar cómo esa opinión incide en el caso.
La jurista ha protagonizado choques con Trump, a causa de la habitualmente irrespetuosa conducta del misógino y xenofóbico ex presidente -comportamiento agudizado por tratarse de una mujer, quien, además posee doble nacionalidad: jamaiquina-estadounidense-.
Trump ha intentado, infructuosamente, hacer que la jueza sea retirada de ese proceso penal.
Mediante la peligrosamente manipuladora resolución, y habiendo regresado el caso a la corte de Chutkan, la mayoría conservadora de la Scotus está construyendo un contexto en el cual parece virtualmente imposible que este juicio se lleve a cabo antes del 5 de noviembre, fecha en debe realizarse la elección presidencial en la que Trump aspira a la reelección.
En el texto de 119 páginas, la corte suprema indicó que “un gran jurado federal acusó al ex presidente Donald J. Trump con cuatro cargos de conducta que ocurrieron durante su presidencia luego de la elección de noviembre de 2020”.
“La acusación planteó que, después de haber perdido esa elección, Trump conspiró para anularla mediante la difusión de afirmaciones, deliberadamente falsas, de fraude electoral, para obstruir la recolección, el conteo, y la certificación de los resultados de la elección”, agregó.
“Trump planteó la desestimación de la acusación sobre la base de la inmunidad presidencial, argumentando que un presidente tiene inmunidad absoluta ante acusación penal por acciones efectuadas dentro del perímetro exterior de sus responsabilidades oficiales, y que las afirmaciones en la acusación estaban dentro del núcleo de sus deberes oficiales”, indicó.
“La Corte de Distrito rechazó la moción para desestimar, planteando que los ex presidentes no poseen inmunidad penal federal por ningún acto”, de acuerdo con la narrativa contenida en la resolución.
“Tanto la Corte de Distrito como el Circuito de DC (Distrito de Columbia, la capital nacional) declinaron decidir si la conducta acusada involucró actos oficiales”, según lo planteado.
En tal contexto, un tribunal menor -la Corte de Distrito- buscó aclaración por parte de un tribunal superior -la Scotus-.
De acuerdo con la mayoría de la corte suprema -seis magistrados conservadores, tres progresistas-, se determinó que, “bajo nuestra estructura constitucional de poderes separados, la naturaleza del poder presidencial da derecho, a un ex presidente, a absoluta inmunidad ante enjuiciamiento penal por acciones de su concluyente y preclusiva autoridad constitucional”.
“Y tiene derecho a, por lo menos, probable inmunidad ante enjuiciamiento por todos sus actos oficiales”, se puntualizó.
“No hay inmunidad para actos no oficiales”, se aclaró, a continuación.
De acuerdo con lo indicado en la resolución, “este caso es el primer enjuiciamiento penal, en la historia de nuestra nación, de un ex presidente, por acciones realizadas durante su presidencia”, por lo que, “determinar si, y en qué circunstancias, tal enjuiciamiento puede realizarse, requiere cuidadosa evaluación del alcance del poder presidencial bajo la Constitución”.
“La naturaleza de ese poder requiere que un ex presidente tenga alguna inmunidad ante enjuiciamiento penal por actos oficiales durante su mandato en el cargo”, según la misma fuente.
“Por lo menos respecto al ejercicio, por el presidente, de sus poderes constitucionales centrales, esta inmunidad debe ser absoluta”, indicó el bloque conservador, para agregar, a continuación, que, “en cuanto a sus restantes acciones oficiales, tiene derecho a, por lo menos, probable inmunidad”.
De acuerdo con la flagrantemente manipuladora redacción dada a la justificación de lo resuelto, en el texto se indicó que “tal inmunidad es requerida para salvaguardar la independencia y el eficaz funcionamiento del Poder Ejecutivo, y para permitir que el presidente cumpla sus deberes constitucionales sin cautela indebida”.
Tres de las cuatro mujeres integrantes de la corte -Ketanji Brown Jackson, Elena Kagan, Sonia Sotomayor- fueron quienes aportaron el componente de ética y dignidad, frente a la conducta servilmente trumpiana de sus seis colegas.
Integrada por nueve magistrados, la Scotus presenta dos mayoritarios tercios de conservadores.
Se trata de Clarence Thomas (magistrado desde 1991), John Roberts (desde 2005), Samuel Alito (desde 2006), Sonia Sotomayor (desde 2009), Elena Kagan (desde 2010), Neil Gorsuch (desde 2017), Brett Kavanaugh (desde 2018), Amy Coney Barrett (desde 2020), Ketanji Brown Jackson (desde 2022).
Thomas, Roberts -actual magistrado jefe (presidente)-, y Alito, fueron designados por el ex presidente (2001-2005, 2005-2009) George W. Bush, mientras que Gorsuch, Kavanaugh, y Barrett son nombramientos de Trump (2017-2021).
Por su parte, Sotomayor y Kagan fueron designadas por el ex presidente (2009-2013, 2013-2017) Barak Obama, y el nombramiento de Jackson correspondió al actual mandatario (2021-2025), Joe Biden.
En su demoledor disenso -texto incorporado, al igual que las demás exposiciones de motivos, a la resolución-, Sotomayor tuvo el apoyo de sus colegas Jackson y Kagan.
“La decisión de hoy, de otorgar inmunidad plena a los ex presidentes, configura la presidencia”, señaló la magistrada, para, a continuación explicar: “se burla del principio fundacional de nuestra Constitución y (nuestro) sistema de gobierno, de que ningún hombre está por encima de la ley”.
“Confiando en poco más que su propia equivocada sabiduría sobre la necesidad de ‘acción audaz e inequívoca’ por parte del presidente (…) la corte da, al ex presidente Trump, toda la inmunidad que pidió, y más”, agregó.
“Porque nuestra Constitución no escuda al presidente respecto a responder por actos delictivos y de traición: disiento”, puntualizo, de inmediato.
Sotomayor planteó, asimismo, que “la acusación pinta un claro retrato de un presidente desesperado por quedarse en el poder”.
La magistrada precisó, además, que “la corte ahora enfrenta una pregunta que nunca ha tenido que responder, en la historia de nuestra nación: si un presidente disfruta de inmunidad ante enjuiciamiento penal federal”.
“La mayoría piensa que así debe ser, y, por lo tanto, inventa una inmunidad fuera de textos, fuera de la historia, e injustificable, que pone, al presidente, por encima de la ley”, denunció.
“En ese sentido, la mayoría hace tres movimientos que, en efecto, completamente aíslan, al presidente, de responsabilidad penal”, aseguró.
“Primero, la mayoría crea una absoluta inmunidad para que el presidente ejerza ‘poderes constitucionales centrales’ (…) extiende el concepto de poderes centrales, más allá de cualquier límite reconocible”, comenzó a explicar.
“El segundo Movimiento (…) es crear inmunidad extensiva a todos los ‘actos oficiales’”, de modo que, “bajo la resolución de la mayoría, el uso, por parte del presidente, de cualquier poder oficial, para cualquier propósito, aún los más corruptos, es inmune ante enjuiciamiento”, siguió precisando, para aclarar: “eso es tan malo como suena, y carece de fundamento”.
“Finalmente, la mayoría declara que la evidencia referida a actos por los cuales el presidente es inmune, no puede desempeñar ningún papel en ningún enjuiciamiento en su contra”, indicó, además de determinar que, “argumento por argumento, la mayoría inventa inmunidad a través de la fuerza bruta. Bajo escrutinio, sus argumentos se desmoronan”.
“Por otra parte, el ilógico sustento probatorio de la mayoría es sin precedente”, expresó, para advertir, a manera de vaticinio, que “este proyecto de la mayoría tendrá desastrosas consecuencias para la presidencia y para nuestra democracia”.
“El texto de la Constitución no contiene ninguna disposición de inmunidad, frente a enjuiciamiento penal, para ex presidentes”, aseguró.
“Rápidamente después de anunciar esta asombrosamente amplia inmunidad para actos oficiales, la mayoría nos asegura que un presidente puede ser enjuiciado por ‘actos no oficiales’ (…) por supuesto que puede serlo. Nadie ha cuestionado la capacidad para enjuiciar a un presidente por actos no oficiales -también conocidos como privados-. Ni siquiera Trump reclamó inmunidad para tales actos”, agregó Sotomayor.
La magistrada escribió, asimismo, que, específicamente, “Trump fue acusado de conspirar para cometer fraude para subvertir la elección presidencial”.
También señaló que “la regla extraordinaria de la mayoría, no tiene base en la ley”, y advirtió que “la decisión de hoy, de otorgar, a los ex presidentes, inmunidad por sus actos oficiales, es profundamente equivocada”.
“Las consecuencias a largo plazo, dela decisión de hoy, son sombrías”, ya que “la corte, efectivamente, crea una zona libre de ley, alrededor del presidente, alterando el statu quo que ha existido desde la Fundación (de la nación)”, pronosticó.
“Esta nueva inmunidad para actos oficiales, ahora ‘queda suelta como un arma cargada’ para cualquier presidente que desee poner sus interés, su propia supervivencia política, su propia ganancia financiera por encima de los intereses de la nación”, siguió vaticinando, al citar una sentencia que la Scotus emitió en 1944.
“El presidente de Estados Unidos es la persona más poderos del país, y, posiblemente, del mundo”, por lo que, “cuando use sus poderes oficiales de la manera que sea, según el razonamiento de la mayoría, ahora estará aislado de enjuiciamiento penal”, aseguró.
A manera de ejemplo, pregunto y respondió: “Ordena que el Equipo 6 Seal (fuerza élite) de la Marina asesine a un rival político? Inmune. Organiza un golpe militar para mantenerse en el poder? Inmune. Recibe un soborno a cambio de un indulto? Inmune. Inmune, inmune, inmune”.
La magistrada hizo, así, referencia a los especializados Equipos de Mar, Aire, y Tierra (Sea, Air, and Land -Seal- Teams) de la Marina de Estados Unidos, cuya sigla -Seal- es la palabra que, en inglés, significa “foca”.
“Dejemos que el presidente viole la ley, dejemos que explote los elementos de su cargo para ganancia personal, dejemos que use sus poderes oficiales para fines perversos. Porque, si él supiese que algún día podría enfrentar responsabilidad por romper la ley, no sería tan audaz y temerario como quisiéramos que sea”, continuó planteando, Sotomayor.
“Ese es el mensaje de la mayoría, hoy”, aseguró.
“Aún si estos escenarios de pesadilla nunca ocurren -y oro para que nunca ocurran-, el daño está hecho. La relación entre el presidente y el pueblo al que sirve, se ha alterado irrevocablemente”, expresó.
“En todo uso del poder oficial, el presidente es, ahora, un rey por encima de la ley”, advirtió.
Sotomayor anunció que, por ello, “con miedo por nuestra Democracia: disiento”.
Por su parte, Jackson aseguró, respecto a la demoledora argumentación de su colega, que “estoy de acuerdo con cada palabra de su poderoso disenso”.
“Para plenamente apreciar el profundo cambio que la mayoría ha forjado, uno debe, primero, reconocer qué significa tener inmunidad ante enjuiciamiento penal”, reflexionó la magistrada quien más recientemente se incorporó a la corte -en 2022-.
“Planteado sencillamente, inmunidad es ‘exención’ de los deberes y las responsabilidades impuestos por ley”, puntualizó.
“En su forma más pura, el concepto de inmunidad se reduce a una máxima: ‘el rey no hace nada malo’”, continuó precisando, para agregar, a continuación -también citando pronunciamientos legales previos-, que se trata de “un concepto que ‘fue rechazado en el nacimiento de (nuestra) república’”.
En términos similares, reafirmó que “decir que alguien es inmune ante enjuiciamiento penal equivale a decir que, como un rey, ‘no está pajo el poder coercitivo de la ley’, algo que “no lo supondrá capaz de cometer una insensatez, menos un un delito’”.
“Por lo tanto, ser inmune no es como tener una defensa bajo la ley. Más bien, significa que la ley no se aplica a la persona inmune, en primer lugar”, advirtió.
“Acorde con nuestras normas fundacionales, el modelo de responsabilidad individual se adhiere a la presunción de que la ley se aplica a todos, y que cada uno debe cumplirla”, explicó.
“Sin embargo, el modelo permite defensas reconocidas. Una de esas defensas es el privilegio que autoridades gubernamentales a veces invocan al cumplir sus deberes oficiales”, planteó, de inmediato.
“Eso significa que nuestro gobierno ha funcionado durante largo tiempo bajo un paradigma de responsabilidad en el cual nadie está por encima de la ley”, contexto en el cual “una persona acusada es inocente hasta que se demuestre que es culpable”.
En ese contexto, quienes son “acusados penalmente, pueden plantear defensas, lo mismo legales que factuales, estructuradas según sus particulares circunstancias, se trate de autoridades gubernamentales o de ciudadanos comunes”, aclaró.
“Durante más de dos siglos, nuestra nación ha sobrevivido con estos principios intactos”, señaló.
Por lo tanto, “la resolución de la mayoría abre un nuevo y peligroso terreno”, escribió, a continuación, responsabilizando a sus colegas conservadores.
“Alejándose del modelo tradicional de responsabilidad individual, la mayoría ha inventado algo completamente diferente: un modelo de responsabilidad presidencial que crea inmunidad -una exención de la legislación penal- aplicable solamente a los funcionarios más poderosos en nuestro gobierno”, denunció.
“Entonces, cómo es que funciona este nuevo modelo de responsabilidad presidencial?”, preguntó Jackson, para comenzar su respuesta, planteando que “un problema inicial es la falta de claridad respecto a lo que implica este nuevo modelo”.
Al citar la cuestionada resolución en la parte según cual “la naturaleza del poder Presidencial da derecho, a un ex presidente, a absoluta inmunidad ante enjuiciamiento penal por acciones de su concluyente y preclusiva autoridad constitucional”, la magistrada aclaró que “la mayoría anuncia solamente su contorno más básico”.
“La mayoría pretende adoptar una especie de híbrido”, ya que “sostiene que un expresidente puede o no puede ser inmune a enjuiciamiento penal por conducta desarrollada en el cargo, según se determine sobre una base de caso por caso”, señaló.
“Según la mayoría, si un presidente es inmune, depende de cómo se clasifique su conducta delictiva, según tres categorías posibles”, determinó, citando, en su explicación, pasajes de la resolución.
“Primero, respecto a cualquier conducta delictiva referida a los ‘poderes constitucionales centrales’ (…) el presidente tiene derecho a inmunidad absoluta ante enjuiciamiento penal”, comenzó a enumerar.
“Segundo, ampliando desde su ‘(poder) central’, respecto todos los demás ‘actos en el perímetro externo de la responsabilidad oficial’, el presidente tiene derecho a ‘por lo menos probable inmunidad ante enjuiciamiento por todos sus actos oficiales’”, agregó.
“Tercero, si la conducta delictiva en cuestión implica ‘actos no oficiales, no hay inmunidad’”, indicó.
“El análisis (…) de la mayoría respecto al carácter de la conducta delictiva de un presidente, difiere del modelo de responsabilidad individual, en varios aspectos cruciales”, aclaró.
“Hace que sea casi imposible saber, ex ante (antes del hecho), cuándo y en qué circunstancia, un presidente será sometido a dar cuenta de sus actos delictivos”, escribió, a manera de ejemplo.
De modo que, “aún un hipotético presidente quien admite que ordenó el asesinato de sus rivales políticos o (sus) críticos (…) o uno quien indiscutiblemente instiga un frustrado golpe (…) tiene una buena posibilidad de obtener inmunidad bajo el nuevo modelo de responsabilidad presidencial”, aseguró.
“El nuevo modelo de responsabilidad presidencial también es diferente en cuanto acepta, como premisa inicial básica, que las leyes penales generalmente aceptadas no aplican para todos en nuestra sociedad”, explicó, además.
“En efecto, la mayoría sostiene que el presidente, a diferencia de cualquier otra persona en nuestro país, es comparativamente libre de emprender actos delictivos en cumplimiento de sus obligaciones oficiales”, aclaró, a continuación.
“En la visión de la mayoría, mientras todos los demás ciudadanos de Estados Unidos deben hacer sus trabajos y vivir sus vidas dentro de los límites de prohibiciones penales, no es posible obligar al presidente a hacerlo; algunas veces, debe estar exento de los dictados de la ley, dependiendo del carácter de su conducta”, siguió precisando, en su fuerte crítica de la resolución.
“En definitiva, el modelo de la mayoría, sencillamente hace la legislación penal a un lado, cuando se trata de delitos presuntamente cometidos por el presidente (…) el (Poder) Judicial sirve como nuevo guardián, encargado no meramente de interpretar la ley sino de vigilar si, en cualquier caso, se aplica al presidente”, agregó.
“Bajo el nuevo modelo de responsabilidad presidencial, la presunción inicial es que la legislación penal no se aplica al presidente, sin perjuicio de cuán obviamente ilegal, perjudicial, o inaceptable sea el comportamiento oficial de un presidente”, reveló.
Jackson aclaró, en su disenso, que, “por mi parte, no puedo, simplemente, atenerme al insensato descarte, por parte de la mayoría, de un modelo de responsabilidad por actos delictivos que trata, a cada ciudadano de este país, como igualmente sometido a la ley
-como lo requiere el Estado de Derecho-. Ese principio central ha evitado, durante largo tiempo, que nuestra nación descienda al despotismo”.
“En síntesis, Estados Unidos ha tradicionalmente confiando en la ley, para mantener, a los presidentes, a raya. Sin embargo, empezando hoy, los estadounidenses debe confiar en los tribunales, para determinar -si acaso- las leyes penales que sus representantes han puesto en vigencia para promover la seguridad individual y colectiva, operarán como reductores de velocidad a la acción o a la reacción presidencial”, puntualizó.
“Entonces, en última instancia, la corte será quien decida si la ley será una barrera a cualquier curso de criminalidad que emane de la Oficina Oval (la oficina presidencial en la Casa Blanca), en el futuro”, expresó.
En ese cuadro de situación, “el potencial para amplio daño a las instituciones estadounidenses, y para los estadounidenses, es obvio”, reflexionó, en calidad de denuncia y advertencia.
Jackson planteó, asimismo, que, a raíz de la resolución de la Scotus, “la mayoría de mis colegas, al parecer, pusieron su confianza en la capacidad, de la corte, de impedir que los presidentes se conviertan en reyes (…) me temo que están equivocados. Aunque, por el bien de todos nosotros, espero que tengan razón”.
La magistrada aseguró que, “entretanto, dado que los riesgos -y el poder- que la corte ahora ha asumido son intolerables, innecesarios, y claramente antiéticos respecto a las básicas normas constitucionales: disiento”.
La pelota judicial está, ahora, nuevamente, en la cancha de Chutkan, cuya corte preveía iniciar, en marzo de este año, ese proceso, pero los obcecados planteamientos de inmunidad presidencial formulados por Trump, a través de su equipo de defensa, generaron una considerable demora, en uno de tantos manipuladores esfuerzos por ganar tiempo con miras a que el proceso legal no inicie antes de la votación en noviembre.
Citada en una nota informativa que la agencia noticiosa británica Reuters difundo el 1 de julio, Heather Saber, abogada penalista quien ha participado en juicios presididos por Chutkan, dijo, respecto a la jueza, que “es intensa, es brillante, es estricta”, además de que “no tolera a los tontos”.
El medio de comunicación reprodujo, asimismo, una advertencia que la jurista formuló, durante una audiencia, en 2023, a la defensa de Trump, ante la insistencia en el tema de inmunidad presidencial y de cómo el proceso judicial afectaba el desarrollo de su campaña proselitista por la reelección.
Chutkan planteó, con incuestionable claridad -y sestando un contundente golpe al ridículamente desmedido ego trumpiano-: “el hecho de que el acusado esté participando en una campaña política, no le permitirá ni mayor ni menor flexibilidad que a cualquier acusado en un caso penal”.
Por su parte, en una opinión legal que, contenida en 120 páginas, produjo en 2019, respecto al alcance del poder presidencial -específicamente referida a actitudes autocráticas de Trump, entonces inquilino de la Casa Blanca-, Jackson indicó que “los presidentes no son reyes”.
