Corte Constitucional Llama a Entidad Bancaria a Proteger los Derechos de Personas con Discapacidad

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La Corte Constitucional de Colombia ha emitido un contundente llamado de atención a una entidad bancaria, instándola a proteger los derechos de las personas con discapacidad y evitar la imposición de barreras administrativas que vulneren sus derechos fundamentales. Esta decisión, derivada de la sentencia T-255-22, se centró en un caso específico donde una ciudadana presentó una tutela en nombre de su hermano, quien fue declarado con discapacidad mental absoluta y, por ende, bajo su tutela legal.

¿Qué ocurrió?

Desde marzo de 2020, el hermano de la peticionaria, titular de una pensión de sobrevivientes, se vio impedido de acceder a sus mesadas debido a las restricciones administrativas del banco.

Estas restricciones exigían el retiro presencial del dinero, una medida particularmente problemática durante los tiempos de confinamiento y pandemia.

El pronunciamiento de la Corte se realizó el 29 de julio de 2022 en Bogotá, a través de la sentencia T-255-22.

¿Por qué es relevante?

La relevancia del caso radica en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, subrayando la obligación de las instituciones de facilitar el acceso a servicios esenciales sin imponer cargas adicionales. En este caso, la entidad bancaria violó los derechos al mínimo vital y al goce de las mesadas pensionales del beneficiario.

¿Cómo se resolvió?

La Sala Segunda de Revisión, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, falló a favor de la peticionaria, destacando que durante la pandemia, la entidad bancaria no debía exigir trámites presenciales. Además, la Corte ordenó que la hermana pueda acceder a las mesadas de forma electrónica y que el banco expida la certificación de saldos solicitada.

¿Qué medidas se tomarán?

La entidad bancaria deberá permitir el acceso electrónico a las mesadas pensionales y ofrecer respuestas congruentes a las peticiones relacionadas con la cuenta del pensionado. Esto incluye responder de fondo y de forma adecuada a todas las solicitudes, independientemente del medio utilizado para presentarlas.

Conclusión

Este fallo de la Corte Constitucional refuerza el marco de protección de los derechos de las personas con discapacidad, subrayando la importancia de eliminar barreras administrativas y facilitar el acceso a servicios esenciales, especialmente en situaciones de vulnerabilidad como las derivadas de la pandemia.

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