
Después de 5 años de espera la Corte Internacional de Justicia fallo a favor de Costa Rica en la disputa por Isla Calero y la Trocha Fronteriza.
Jesús Sánchez
Tras el fallo Nicaragua se pronuncia, a través de la primera dama de ese país Rosario Murillo, aceptando la decision de la Corte, además resalto la amplia explicación de su representante en la CIJ, Doctor Carlos Argüello, concluyendo una página en la historia de Nicaragua de encuentros y desencuentros, entre los Gobiernos de Nicaragua y Costa Rica.
El Gobierno de Nicaragua reconoce y acata la decisión del Alto Tribunal Internacional, y comenta que encuentra en este Fallo el sentido de equilibrio y balance que siempre ha caracterizado las Decisiones de la Corte.
Para Nicaragua, para el Pueblo nicaragüense, és de suma importancia que la Corte Internacional de Justicia ha reconocido el Derecho Pleno de nuestro País, para realizar labores de dragado en Nuestro Río San Juan. Indica parte del comunicado oficial nicaragüense.
Nicaragua también enfoco su comunicado en la violación señalada por CIJ sobre que Costa Rica trazó y desarrolló una Carretera, paralela al Río, violando su obligación de elaborar previamente un Estudio de Impacto Ambiental, que permitiera reducir los daños a la Naturaleza, obligando a Costa Rica por mandato de la Corte a elaborar Planes de Impacto Ambiental, y realizar Evaluaciones continuas.
Sobre la navegación de Costa Rica en el Río San Juan, Nicaragua acogió la importancia de la sentencia sobre el reconocimiento del derecho de su país a reglamentar y regular la navegación en el Río San Juan.
En cuanto al Territorio en disputa el Alto Tribunal consideró innecesario realizar inspecciones para determinar cuál era, o és, el Caño al que se refería el Laudo Alexander. Concedió por lo tanto a Costa Rica, la punta de Harbour Head, preservando Nicaragua la Laguna de Harbour Head, la De-sembocadura del Río San Juan, y la Barra de Arena.
La Corte Internacional de Justicia dejó claro también que la situación generada alrededor del Territorio en Litigio no puede catalogarse como una invasión militar, como describía Costa Rica, a la vez que rechazó que de parte de Nicaragua se hubiese dado uso alguno de fuerza u hostilidades.
El Gobierno de Nicaragua considera esta Sentencia como un Mandato para cerrar este capítulo, puesto que la Corte se ha pronunciado, y ha decidido.
Nicaragua y Costa Rica debemos disponernos a restablecer los Mecanismos de Diálogo y Convivencia, que nos permitan asegurar el Respeto, la Tranquilidad, y la Paz, en la Relación que corresponde entre Pueblos Centroamericanos. Concluye el Comunicado






