CCSS reconoce vacíos en accesibilidad para personas con discapacidad

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Ilustración de una cabeza y personas que trabajan en el bienestar mental

Gerencia Médica de la CCSS admite que no puede verificar si todo el personal aplica medidas de accesibilidad, reconoce que carece de estadísticas específicas y detalla los mecanismos disponibles para solicitar cambios de médico y apoyos comunicativos.

La Gerencia Médica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) reconoció que la institución no cuenta con mecanismos para verificar que todos sus profesionales de salud apliquen efectivamente las medidas de accesibilidad y comunicación dirigidas a las personas con discapacidad.

La respuesta institucional, remitida por medio del Área de Comunicación y Extensión Cultural de la CCSS, fue emitida por la Gerencia Médica como contestación a consultas planteadas.

Uno de los aspectos más relevantes de la respuesta es el reconocimiento de que la institución no dispone de una forma de comprobar que las orientaciones sobre discapacidad lleguen efectivamente a la totalidad de sus funcionarios (as)

La Gerencia Médica señaló que la CCSS cuenta con más de 65.000 funcionarios y que, aunque la Comisión Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad (CIAD) divulga boletines informativos, resulta imposible verificar que esa información llegue a todos (as).

Sin estadísticas específicas sobre discapacidadDos jóvenes reciben atención médica

Otro de los puntos reconocidos por la Gerencia Médica es que la CCSS no cuenta con estadísticas sobre quejas, solicitudes de ajustes razonables, cambios de médico o dificultades de atención relacionadas específicamente con personas con discapacidad.

Como mecanismo institucional, mencionó un indicador obligatorio incorporado en los planes anuales de los establecimientos de salud, denominado «Número de capacitaciones recibidas en atención a la persona usuaria (Política Integral de Buen Trato)».

Este indicador contempla actividades de capacitación y sensibilización del personal, incluyendo contenidos relacionados con la atención y la inclusión de personas con discapacidad.

La institución también mencionó cursos del Centro de Docencia e Investigación (CENDEISSS), videoconferencias y otras plataformas internas de comunicación.

Cambiar de médico: los mismos procedimientosIlustración de una consulta médica inclusiva

En relación con las personas con discapacidad que experimentan dificultades de comunicación o consideran que no están recibiendo una atención adecuada, la Gerencia Médica indicó que pueden acudir a las jefaturas de servicio o a las contralorías de servicios.

Según la respuesta, cuando se notifica una probable falta en la atención, se investigan los hechos y se toman las medidas correspondientes. También se contempla buscar atención con otro profesional cuando se rompe la relación médico-paciente.

Sin embargo, la Gerencia Médica aclaró expresamente que no existen mecanismos diferenciados para solicitar un cambio de médico por motivos relacionados con una discapacidad.

Ante la consulta sobre si los ajustes razonables pueden fundamentar una solicitud de cambio de profesional cuando la persona no logra comprender adecuadamente la comunicación utilizada durante la consulta, la respuesta fue: «No, no existen los mecanismos para cambiar de médico son los mismos para una persona con o sin condición de discapacidad».

La institución también precisó que la referencia a un hospital responde a un criterio clínico médico y que corresponde al profesional determinar si la persona debe ser remitida a otro nivel de atención.

La CCSS explica cómo atender a personas con discapacidad intelectualMujer sentada con la cabeza apoyada sobre las manos

En cuanto a las personas con discapacidad intelectual, la Gerencia Médica señaló que las medidas de accesibilidad y los apoyos buscan garantizar el acceso efectivo, el trato digno, la comprensión y la participación en igualdad de condiciones.

La respuesta institucional recordó que la discapacidad intelectual puede manifestarse en diferentes grados: leve, moderado, severo o profundo.

Asimismo, identificó el Reglamento del Consentimiento Informado en la Práctica Asistencial de la CCSS como el instrumento normativo que busca garantizar la autonomía del paciente y una adecuada transmisión de la información clínica, en concordancia con la Ley 9379, Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad.

LESCO y apoyos para la comunicación

Sobre la atención de personas sordas, la Gerencia Médica aclaró que no es obligatorio que el 100 % de los médicos sean intérpretes certificados en Lengua de Señas Costarricense (LESCO).

No obstante, informó que la CCSS dispone de servicios de apoyo comunicativo en áreas de salud y hospitales mediante personas capacitadas en LESCO nivel VI.

También indicó que el personal médico debe utilizar lenguaje claro, apoyos gráficos y pictogramas, además de facilitar asistencia o acompañamiento cuando la persona usuaria manifieste que no ha comprendido la información.

Para estos casos, la respuesta institucional señala que se puede acudir a la jefatura médica y solicitar otra valoración médica con criterio de oportunidad.Ilustración de una cabeza con flores y símbolos de bienestar mental

La Gerencia Médica también indicó que, en situaciones médicas de alta complejidad o para la firma de consentimientos informados, el acto médico requiere acompañamiento para resguardar el principio de autonomía y la seguridad clínica.

La respuesta deja sobre la mesa varios aspectos de interés institucional: la ausencia de estadísticas específicas, la imposibilidad de verificar que las medidas de accesibilidad lleguen a todo el personal y la aplicación de los mismos procedimientos generales para solicitar cambios de médico, incluso cuando existen dificultades de comunicación relacionadas con una discapacidad.

Son aspectos que forman parte del debate sobre cómo garantizar que el derecho a recibir atención en salud en igualdad de condiciones se traduzca también en prácticas accesibles y comprensibles para todas las personas usuarias.

Fuente: Respuesta de la Gerencia Médica de la CCSS, remitida por el Área de Comunicación y Extensión Cultural. Oficio GM-CENDEISSS-1129-2026, citado en la comunicación institucional. Información suministrada por ADASFRO.

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